JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE HUALPEN

BNP PARIBAS CARDIF SEGUROS GENERALES S. A. CONTRA SERGIO DANIEL QUINTEROS QUINTEROS

Rol

Fecha

12 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de la frase del fundamento DECIMO SEXTO que se inicia con “no obstante,” hasta su punto aparte, que se elimina. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Que, con el mérito del documento agregado de fojas 14 a 21, se acredita que, a la fecha del accidente, la propietaria del automóvil patente RG-4802, cuyo conductor ha sido condenado como causante del mismo, esta inscrito a nombre de doña Sandra Quinteros Vera, quien conforme al artículo 38 de la Ley de Tránsito, se presume propietaria. En consecuencia, debe ser condenada solidariamente al pago de la indemnización dispuesta en la misma sentencia. Y visto además lo dispuesto en el artículo 32, 35 y 36 de la Ley 18.287, SE REVOCA, en lo apelado, la sentencia de cinco de septiembre de dos mil veintitrés, escrita a fojas 127 y siguientes, en cuanto en su resolutivo IV.- rechazó la demanda civil, en contra de la propietaria del vehículo patente RG-4802, conducido por Sergio Daniel Quinteros, y, en su lugar se decide: I- Que se acoge la demanda civil interpuesta por BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A. y se condena solidariamente a don Sergio Daniel Quinteros y a doña Sandra Quinteros Vera, a pagar a dicha Compañía de Seguros la suma de $1.156.588 con reajustes e intereses señalados en la misma sentencia, correspondiente a los daños y perjuicios producidos al vehículo patente HJYR-80. Regístrese y devuélvase. Rol N° 115-2024 Policía Local

Fallo

se decide: I- Que se acoge la demanda civil interpuesta por BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A. y se condena solidariamente a don Sergio Daniel Quinteros y a doña Sandra Quinteros Vera, a pagar a dicha Compañía de Seguros la suma de $1.156.588 con reajustes e intereses señalados en la misma sentencia, correspondiente a los daños y perjuicios producidos al vehículo patente HJYR-80. Regístrese y devuélvase. Rol N° 115-2024 Policía Local

Texto Completo (Preview)

CCA/ari C.A. de Concepción Concepción, doce de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de la frase del fundamento DECIMO SEXTO que se inicia con “no obstante,” hasta su punto aparte, que se elimina. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Que, con el mérito del documento agregado de fojas 14 a 21, se acredita que, a la fecha del accidente,

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