1º JUZGADO POLICIA LOCAL DE VITACURA

COMERCIALIZADORA DITEC AUTOMOVILES S.A./FUENZALIDA

Rol

Fecha

12 de septiembre de 2025

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia definitiva apelada de veintiuno de enero de dos mil veinticinco, escrita a fojas 269 y siguientes, en los autos rol N° 46920-2024, tramitados ante el Primer Juzgado de Policía Local de Vitacura, Regístrese y devuélvase la competencia. N°Policía Local-1336-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en

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