SIN INFORMACION

CASADO/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS SA

Rol

Fecha

15 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece José Carvajal Moraga, abogado, en favor de María Loreto Casado Aldama y deduce recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A. por la adecuación unilateral del precio del plan de salud mediante cobro de “prima extraordinaria”, calificada como acto ilegal y arbitrario que vulnera las garantías del artículo 19 N°s 2, 9 y 24 de la Constitución. Se expone que la Isapre comunicó a la recurrente, por medio de carta, que su plan de salud actual aumentará porque se le aplicará una “Prima Extraordinaria” por un valor total de 2.340 UF, que implica un alza de 20,91 % respecto de la cotización descontada al mes de julio de 2023, sin mejora alguna en las coberturas. Este incremento, que afecta el derecho de propiedad vigente sobre su plan de salud actual, se justificaría según la Isapre en la Ley N° 21.674. y en los argumentos esgrimidos en la carta de adecuación. Se sostiene, además, que el alza excede el límite normativo: la Circular IF N.º 482 dispone que la prima no puede implicar un aumento superior al 10% por contrato respecto de la cotización de julio de 2023 (o de la vigencia posterior). La isapre habría calculado el 10% sobre una base ya incrementada por el reajuste de la cotización obligatoria del 7%, superando así el tope permitido y generando un resultado opaco y poco verificable para el afiliado. Se argumenta que la denominada “prima extraordinaria” opera, en los hechos, como un aumento permanente del precio del plan —al no fijarse temporalidad ni extinción del cobro—, constituyendo una modificación unilateral del precio contractual sin contraprestación. Ello importaría trasladar el riesgo empresarial al afiliado, luego de sucesivas alzas, forzándolo a optar entre pagar más por las mismas coberturas, cambiar de plan con menores coberturas o desafiliarse, afectando su libertad de elección en salud. Solicita que se acoja el recurso de protección, se declare ilegal y arbitrario el alza comunica

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se decide que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-85-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece José Carvajal Moraga, abogado, en favor de María Loreto Casado Aldama y deduce recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A. por la adecuación unilateral del precio del plan de salud mediante cobro de “prima extraordinaria”, calificada como acto ilegal

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