MP C/ LUIS HUMBERTO AVELLO TOLEDO
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2025
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que, la defensa apela en contra de la resolución de fecha cuatro de septiembre de dos mil veinticinco dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Luis Humberto Avello Toledo, alegando que dicha medida resulta desproporcionada en relación a la gravedad de las penas asignadas a los delitos atribuidos y además teniendo en consideración que el imputado se encuentra privado de libertad cumpliendo condena en causa diversa. 2° Que, el Ministerio Público, se opuso a la solicitud de la defensa señalando que en el evento de recuperar la libertad existe riesgo para la seguridad de la víctima, atendida la naturaleza de los ilícitos en contexto de violencia intrafamiliar y su forma de comisión, resultando necesaria la medida cautelar decretada por el a quo. 3° Que, atendido el mérito de autos, y las alegaciones vertidas en audiencia por los intervinientes,
Fundamentos
considerando principalmente que el imputado se encuentra cumpliendo condena en causa diversa, verificándose a su respecto la circunstancia de la letra c) del artículo 141 del Código Procesal Penal, que establece la improcedencia de la medida cautelar de prisión preventiva, resultando improcedente en esta etapa procesal.
Fallo
Por lo expuesto y teniendo presente lo establecido en los artículos 141, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se resuelve: Que se revoca la resolución apelada de fecha cuatro de septiembre de dos mil veinticinco debiendo el Tribunal citar a debatir acerca de las medidas cautelares cuando la pena que actualmente cumple el imputado esté por concluir. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase. R.I.C N° Penal-733-2025.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán mgab/sag Chillán, diez de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que, la defensa apela en contra de la resolución de fecha cuatro de septiembre de dos mil veinticinco dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Luis Humberto Avello Toledo, alegando que dicha medida resul
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