SIN INFORMACION

RECURRENTE: JUNYI DU DU / RECURRENTE: SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Compareció en este proceso Rol 980-2025 del Libro Protección de esta Corte de Apelaciones, Daniel Andrés Beratto Figueroa, abogado, e interpuso recurso de amparo (se recondujo a recurso de protección) en favor de DU JUNYI, de nacionalidad china, en contra de Oficio Ordinario N° ID: 71825396, Notificación Inicio de Procedimiento Sancionatorio N°72358569, y su Oficio Ordinario del mismo número, del Servicio Nacional de Migraciones, en adelante SERMIG, señalando que en el Oficio Ordinario N°72358569, de 28 de enero 2025, se dijo: “Se informa a Ud. que este Servicio Nacional de Migraciones ha declarado no ha lugar los descargos realizados por Ud. en contra del inicio del proceso sancionatorio de aplicación de una sanción pecuniaria, al verificarse que revisados nuestros registros, no consta información de su ingreso regular por paso habilitado al territorio nacional y, por tanto, no ha lugar al cálculo de multa (ID 72358569)”. En vista de lo indicado, la pretensión del recurrente es que se deje sin efecto dichas resoluciones, al vulnerarse a través de los correspondientes actos en sede administrativa, las garantías fundamentales que aseguran el derecho de libertad personal de la recurrente, por el actuar ilegal de la recurrida, en base a los argumentos de hecho y de derecho que expone. Dice que el recurrente es ciudadano chino, quien, por

Fundamentos

motivos económicos y personales, debió abandonar su país de origen y se trasladó a Chile en forma irregular, por lo cual se auto denunció ante la Policía de Investigaciones de Chile el 10 de agosto de 2023, dando cumplimiento a todas las obligaciones impuestas por la autoridad administrativa, tales como la firma periódica ante las oficinas correspondientes. Dice que, con el propósito de regularizar su situación en nuestro país, el recurrente ha intentado cumplir con los trámites exigidos por la normativa vigente, sin embargo, la falta de claridad y acceso efectivo a los mecanismos de descargos, le impidió subir la respectiva carta a la plataforma virtual dispuesta para ello. Afirma que el recurrente ha demostrado un arraigo efectivo en el país, desempeñándose como trabajador en conformidad con la legislación laboral vigente y, además formó un hogar con su pareja sentimental y los hijos de esta. Añade que no tiene antecedentes delictuales previos, ni infracciones migratorias, en China ni en nuestro país, y que, pese a su comportamiento intachable, la autoridad administrativa ha resuelto su expulsión del país, situación que vulnera sus derechos fundamentales, particularmente el derecho a la libertad personal, el principio de proporcionalidad en materia sancionatoria y su derecho a la vida familiar. Luego cita una serie de disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que, en su opinión, avalarían lo que se pretende a través de este recurso. Concluye solicitando que se acoja esta acción constitucional y se declare vulnerados los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual consagrados en el artículo 19 N°7 letra A, de la Constitución Política de la Republica de Chile; que se deje sin efecto el proceso de expulsión y orden de expulsión en contra del recurrente; que se instruya a la autoridad administrativa competente a evaluar una alternativa de regularización migratoria en atención al arraigo familiar y laboral en nuestro país. Acompañó a su recurso los siguientes documentos: 1. Oficio Ordinario N°ID: 71825396, folio 70717380, otorgado por Servicio Nacional de Migraciones, fecha 06 enero 2025; 2. Notificación Inicio de Procedimiento Sancionatorio N°72358569, folio 71947625, otorgado por Servicio Nacional de Migraciones, fecha 28 de enero 2025; 3. Oficio Ordinario N°72358569, folio 73225456, otorgado por Servicio Nacional de Migraciones, fecha 28 de enero 2025; 4.Carta Descargo JUNYI DU, de fecha 23 de enero 2025; 5. Pasaporte de JUNYI DU, N°EJ655371; 6. CERTIFICADO DE AFILIACIÓN N°211346466325; 7. Contrato de Trabajo entre Sociedad Li Feng Ltda. y Junyi Du; 8. Comprobante de firmas PDI y Empadronamiento de fecha 14 de febrero 2024; y 9. Acta notarial de antecedentes de China. Informó El Servicio Nacional de Migraciones, señalando, en síntesis, que dicha entidad no mantiene registro sobre el ingreso al territorio nacional de la persona en mención por paso fronterizo habilitado, de lo que se desprende

Fallo

por tanto, no ha lugar al cálculo de multa (ID 72358569)”. En vista de lo indicado, la pretensión del recurrente es que se deje sin efecto dichas resoluciones, al vulnerarse a través de los correspondientes actos en sede administrativa, las garantías fundamentales que aseguran el derecho de libertad personal de la recurrente, por el actuar ilegal de la recurrida, en base a los argumentos de hecho y de derecho que expone. Dice que el recurrente es ciudadano chino, quien, por motivos económicos y personales, debió abandonar su país de origen y se trasladó a Chile en forma irregular, por lo cual se auto denunció ante la Policía de Investigaciones de Chile el 10 de agosto de 2023, dando cumplimiento a todas las obligaciones impuestas por la autoridad administrativa, tales como la firma periódica ante las oficinas correspondientes. Dice que, con el propósito de regularizar su situación en nuestro país, el recurrente ha intentado cumplir con los trámites exigidos por la normativa vigente, sin embargo, la falta de claridad y acceso efectivo a los mecanismos de descargos, le impidió subir la respectiva carta a la plataforma virtual dispuesta para ello. Afirma que el recurrente ha demostrado un arraigo efectivo en el país, desempeñándose como trabajador en conformidad con la legislación laboral vigente y, además formó un hogar con su pareja sentimental y los hijos de esta. Añade que no tiene antecedentes delictuales previos, ni infracciones migratorias, en China ni en nuestro paí

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Concepción, nueve de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Compareció en este proceso Rol 980-2025 del Libro Protección de esta Corte de Apelaciones, Daniel Andrés Beratto Figueroa, abogado, e interpuso recurso de amparo (se recondujo a recurso de protección) en favor de DU JUNYI, de nacionalidad china, en contra de Oficio Ordinario N° ID: 71825396, Notificación Inicio de Procedimiento Sanci

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