GALO DAVID MARIN ZAMBRANO C/ EDUARDO ANTONIO DIAZ VICENCIO
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, con fecha veintiséis de mayo de dos mil veinticinco, la defensa de Mario José Colina Colina interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de treinta de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, en la causa RIT Nº46-2025 y RUC N° 2400245939-2, mediante la cual lo condenó a diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales, como autor del delito de robo con violencia e intimidación, cometido en esta ciudad, el día 29 de febrero de 2024. SEGUNDO: Que el recurso de nulidad, presentado en lo principal, invocó como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por supuesta infracción a la garantía de la irretroactividad de la ley penal. En subsidio, se invocó la causal del artículo 373 letra b) del mismo cuerpo legal. TERCERO: Que la defensa, en su recurso principal, argumentó que se vulneró el principio de la irretroactividad de la ley penal más favorable, consagrado en el artículo 19 N° 3, inciso 7° de la Constitución Política de la República. Sostuvo que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, al determinar la pena, aplicó el artículo 68 ter del Código Penal, norma promulgada el 27 de agosto de 2024 y publicada el 4 de septiembre de 2024, esto es, posterior a la fecha de comisión del delito (29 de febrero de 2024). Señala que este artículo, fija un marco rígido que obligó a excluir el grado mínimo de la pena, lo que no estaba contemplado en la ley vigente al momento de los hechos. Por lo tanto, considera que la sentencia es injusta y vulnera el derecho a un procedimiento y una investigación racionales y justos. CUARTO: Que la causal invocada como principal, contenida en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, fue reconducida por la Corte Suprema a la causal de nulidad del artículo 373 letra b) del mismo cuerpo legal, por cuanto el vicio alegado se refiere a una errónea aplicación
Texto Completo (Preview)
Arica, ocho de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, con fecha veintiséis de mayo de dos mil veinticinco, la defensa de Mario José Colina Colina interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de treinta de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, en la causa RIT Nº46-2025 y RUC N° 240
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica