BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/INMOBILIARIA BLUE SPA - (CASACION Y APELACION)
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2025
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
DE FALLO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se elevan estos antecedentes para el conocimiento de los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por la demandada en contra de la sentencia definitiva de 13 de febrero de 2025, pronunciada por el 19° Juzgado Civil de Santiago, que, en procedimiento sumario sobre terminación de contrato de arrendamiento, acogió la demanda, resolviendo: a) declarar el término del contrato de arrendamiento; b) ordenar la restitución del bien arrendado dentro de tercer día hábil de ejecutoriado el fallo; c) condenar solidariamente a los demandados al pago de las rentas adeudadas; d) condenar solidariamente a los demandados a pagar la cláusula penal pactada en el contrato; y e) condenar en costas a los demandados. SEGUNDO: Que, como cuestión previa a toda otra consideración es preciso revisar la regularidad formal del procedimiento llevado a cabo ante el 19° Juzgado Civil de Santiago, particularmente el procedimiento sumario conforme al cual se substanció el juicio de arrendamiento. TERCERO: Que de la documentación acompañada en autos consta que mediante escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021, repertorio N°22.441-2021, extendida ante la Cuadragésima Notaría de Santiago de Feliz Jara Cadot, las partes, BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES (BCI) y la INMOBILIARIA BLUE SPA., celebraron un contrato de arrendamiento con opción de compra respecto del inmueble ubicado en calle Agua Santa N°4425, de la Población Viña del Mar, comuna de Renca, Región Metropolitana. Para dicho fin, el banco BCI -la arrendadora-, compró el citado bien, pactándose en el referido contrato 144 “rentas de arrendamiento”, cada una por la suma equivalente en pesos de 30,24 UF, las que serían pagadas por la Inmobiliaria -arrendataria- todos los días 15 de cada mes, a contar del 15 de noviembre de 2021; pudiendo la arrendataria, al término de dicho plazo, comprar el bien inmueble arrendado mediante el pago de una cantidad equivalente a la última renta d
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C.A. de Santiago Santiago, ocho de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se elevan estos antecedentes para el conocimiento de los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por la demandada en contra de la sentencia definitiva de 13 de febrero de 2025, pronunciada por el 19° Juzgado Civil de Santiago, que, en procedimiento sumario sobre term
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