AUGUIL SIMON /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que María José Francisca Carrasco Morales, abogada, en representación de Auguil Simon, de nacionalidad haitiana, interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación que considera arbitraria e ilegal consistente en decretar resolución exenta que dispone el abandono del país, actuación que afecta su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República. Expone que el año 2019 postuló a una segunda residencia temporaria pero debido al estallido social y la pandemia si bien le otorgaron la residencia con estampado electrónico, debía pagar los derechos y luego solicitar una hora de atención ante el servicio de registro civil e identificación para toma de fotografía, a fin de obtener cédula de identidad, sin embargo, debido a la espera, el estampado electrónico venció por lo que la duración de la cédula de identidad fue de tan sólo tres días. Relata que luego de ello decidió comenzar a recaudar todo lo necesario para la solicitud de residencia definitiva y se mantuvo a la espera de que le fuera informado lo necesario en cuanto al trámite, hasta que el 27 de junio del presente año se emitió Resolución Exenta N°25357077 que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispone el abandono del país, por no remitir copia de sanción por haber residido de manera irregular. Considera que la decisión ha sido extrema ya que no le permite hacer una solicitud o regularizar la situación, aun cuando su hija es chilena. Previas citas legales, solicita que se acoja el recurso, que se aperciba al Servicio Nacional de Migraciones para que evalúe la situación y especialmente la resolución exenta que rechazó la solicitud de residencia definitiva y que dispuso el abandono del país, que se otorgue un plazo para enmendarlo, que se le permita obtener una residencia y, en definitiva, que se deje sin efecto la resolución. Segundo: Que la Policía de Inv
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Auguil Simon en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-1228-2025
Texto Completo (Preview)
San Miguel, ocho de septiembre de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que María José Francisca Carrasco Morales, abogada, en representación de Auguil Simon, de nacionalidad haitiana, interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación que considera arbitraria e ilegal consistente en decretar resolución exenta que dispone el abandono del
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica