ANONIMIZADO
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2025
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución apelada de catorce de mayo de dos mil veinticinco, escrita a folio N°16, dictada por el Juzgado de Familia de Quilpué, en causa Z-347-2025. Se previene que el Abogado Integrante señor Pavez concurre a la decisión, dejando constancia que, a su juicio, el régimen establecido no puede ser considerado como relación directa y regular, desde que una comunicación telefónica limitada a una vez al mes no satisface la exigencia de regularidad ni ...
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de sus propios fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución apelada de catorce de mayo de dos mil veinticinco, escrita a folio N°16, dictada por el Juzgado de Familia de Quilpué, en causa Z-347-2025.
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