MÉNDEZ/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece don Francisco Eliecer Méndez Valenzuela, cédula de identidad 13.318.355-8, trabajador dependiente, domiciliado en calle Ramón Cortés Ponce N°1267, Comuna de Renca, Región Metropolitana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y el Juzgado de Letras de Lautaro, por los hechos que procede a exponer: Que, tiene dos causas de cumplimiento de alimentos radicadas en el Juzgado de Familia de Lautaro, a saber; RIT Z-604-2024 respecto de su hija Yessenia de las Mercedes Méndez Zurita y Z-307-2019 respecto de su otra hija Francisca Alejandra Méndez Cárdenas. Que con fecha 1 de abril de 2025, presentó una demanda por cese de alimentos respecto de su hija Yessenia Méndez Zurita, ya que actualmente tiene 28 años de edad. El Tribunal con fecha 2 de abril de 2025, resolvió no dar curso a la demanda en razón de que se encontraba inscrito en el Registro Nacional de Deudores en causa RIT Z-307-2019. Lo anterior se produjo por un error del Tribunal, lo enviaron a dicho registro el día 18 de marzo de 2025, según consta a folio 25 de causa RIT Z-307-2019, por una errónea liquidación, lo cual se corrigió y dio como resultado que tiene saldo a favor. El Tribunal ofició al Servicio de Registro Civil e Identificación para que se cancele la respectiva inscripción el día 23 de abril de 2025. Actualmente no tiene deuda en la causa, según liquidación actualizada al mes de julio de 2025, tiene saldo a favor por 65,05249 UTM. No obstante lo anterior, al obtener un certificado de deuda por pensión de alimentos, sigue figurando como deudor. Lo expuesto le impide, hasta la actualidad, poder pedir legalmente el cese de alimentos respecto de su otra hija, sumado al hecho de no poder ejercer otros derechos que le franquea la legislación como, por ejemplo, algo tan simple como el obtener un crédito para financiar la adquisición de un bien, así como también privarle de la posibilidad de salir país pues aún figura inc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de protección fue incorporado a nuestra legislación como una acción de naturaleza cautelar en beneficio de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufriere privación o perturbación en el ejercicio de diversos derechos constitucionales. El ejercicio de esta acción protectora, exige, como presupuesto ineludible una acción u omisión que revista caracteres de ilegal o arbitrario, cuya consecuencia inmediata, origine una situación determinante de privación, amenaza o perturbación para alguno de los derechos constitucionales amparados y contenidos en el artículo 19 de la Constitución Política de la República. SEGUNDO: Que se ha interpuesto el presente recurso de protección, a fin de lograr la cancelación de la inscripción en el registro nacional de deudores de pensión de alimentos, en atención de los antecede de la causa Z-307-2019 del Juzgado de Letras y Familia de Lautaro. TERCERO: Que, informado por parte del Servicio de Registro Civil e Identificaciones, este indica que se ha resuelto la solicitud de cancelación, y que esta se ha acogido, acompañando certificado de registro de deudores de pensión de alimentos con la inscripción cancelada el 23 de abril de 2025. CUARTO: Que, conforme al mérito de los antecedentes, la presente acción ha perdido oportunidad, en tanto el derecho conculcado y reclamado por el actor ya ha sido restablecido por la recurrida. En ese sentido, corresponde omitir el pronunciamiento en esta oportunidad, en tanto se ha resuelto la situación de marras. Por las razones anteriores y con lo dispuesto en el artículo 20 Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia,
Fallo
se declara que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Francisco Eliecer Méndez Valenzuela, en contra del Juzgado de Letras de Lautaro y el Servicio de Registro Civil e Identificaciones. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción del abogado integrante Sr. Fernando Cartes Sepúlveda. N°Protección-2750-2025. (csd)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, ocho de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS: A folio 1, comparece don Francisco Eliecer Méndez Valenzuela, cédula de identidad 13.318.355-8, trabajador dependiente, domiciliado en calle Ramón Cortés Ponce N°1267, Comuna de Renca, Región Metropolitana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y el Juzgado de Letras
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