2º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUDAHUEL

SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR/CLARO CHILE SPA

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2025

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los

Fundamentos

fundamentos segundo y tercero, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1° Que en la especie se ha denunciado la infracción a la prohibición prevista en el artículo 28 B inciso final, parte final, de la Ley N°19.946, toda vez que se dice que, no obstante haberse solicitado al proveedor que cesara en el envío de comunicaciones promocionales o publicitarias, volvió a hacerlo, infringiendo así la referida prohibición. 2° Que, en autos, para demostrar la existencia de la referida infracción se agregaron capturas de pantalla de comunicaciones vía mensajería SMS que acreditarían el envío de las referidas comunicaciones con posterioridad a la petición de cese de las mismas. 3° Que las mencionadas capturas de pantalla solo dan cuenta del envío de mensajes publicitarios, pero ellas no permiten observar cual es el destinatario de dichos mensajes, ni confirmar que efectivamente fueron dirigidas al número de teléfono del consumidor que había solicitado el cese del envío de tales mensajes. 4° Que la anterior conclusión no puede ser modificada con el mérito de la transacción acompañada a fojas 141, suscrita entre el consumidor y el proveedor denunciado, toda vez que en ella expresamente se indica que: “no se ha podido establecer ni se reconoce responsabilidad alguna por los hechos descritos en el presente instrumento”. 5° Que así las cosas, no encontrándose acreditada la comisión de la conducta infraccional materia de la denuncia, ésta no puedo prosperar y, por consiguiente, debe ser desestimada. Y de conformidad, además, con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº18.287,

Fallo

se resuelve que se confirma la sentencia de quince de diciembre de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Pudahuel, en los autos rol Nº4.754-22-NL. Regístrese y devuélvase. Rol 688-2023 Policía Local

Texto Completo (Preview)

Alegó revocando el postulante Milan Iván Eterovich Barra. Santiago, cinco de septiembre de dos mil veinticinco Proveyendo a folio 26: Téngase presente. Vistos Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los fundamentos segundo y tercero, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1° Que en la especie se ha denunciado la infracción a la prohibición prevista en el artículo

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