JAVIER ALEJANDRO ROGEL SAEZ C/ SEBASTIAN JOSUE ELGUETA CAAMANO
Rol
Fecha
5 de septiembre de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Compartiendo los
Fundamentos
fundamentos de la jueza a quo y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de tres de septiembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, en los autos RIT 5945-2025, que no dio lugar a imponer la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Sebastián Josué Elgueta Caamaño, quedando éste únicamente sujeto a las medidas de privación de libertad en su domicilio, en modalidad parcial nocturna y prohibición de acercarse a la víctima, en los términos previstos en las letras a) y g) del artículo 155 del Código Procesal Penal. Dese inmediata orden de libertad al imputado sino estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese y devuélvase. N°Penal-1413-2025.
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C.A. de Concepción CFR/shp Concepción, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO: Compartiendo los fundamentos de la jueza a quo y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de tres de septiembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, en los autos RIT 5945-2025, que no dio lugar
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