RECURRENTE CARNES ARAUCO CENTRO SPA
Rol
Fecha
5 de septiembre de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Primero: Que se ha deducido recurso de apelación por la denunciada CARNES ARAUCO CENTRO SPA. en contra de la resolución de 30 de mayo de 2025 que la condenó a pagar una multa de 5 UTM por infringir los artículos 1, 3 y 5 de la Ordenanza Municipal N°570 del año 1988, por botar basura en la vía pública. Segundo: Que, el recurso se funda en el tenor literal de la norma prevista en el artículo 5 de la citada ordenanza, la que, si bien contiene la prohibición señalada, no concurre la segunda condición exigida, esto es, hacerlo en lugares distintos a los habilitados para depositar toda clase de materiales desechables de cargo de la Municipalidad, lo que en este caso no se verifica en el acta de denuncia. Tercero: Que, no escapa a esta Corte, por el estricto apego al principio de tipicidad, que la conducta imputada tiene dos extremos que son necesarios cumplir de manera copulativa para efectos de configurar la infracción imputada, esto es, la conducta únicamente puede consumarse al depositar basura en la vía pública y no en el espacio específicamente habilitado para ello. En este sentido, si se persigue la aplicación de una sanción es deber de la Administración indicar con precisión la conducta reprochable y los antecedentes que permiten configurarla, y en este caso, además de la conducta de depositar basura en la vía pública debió indicar el lugar específico en que correspondía depositarla, lo que no se observa en el formulario sentencia N° 0929 en que únicamente se refiere la norma infraccionada y se acompañan fotografías de los desechos depositados en la vía pública. Por las anteriores consideraciones SE REVOCA la sentencia de 30 de agosto de 2025 dictada en el Rol 929-2025 VP del Primer Juzgado de Policía Local y en su lugar se declara que SE ABSUELVE a la denunciada CARNES ARAUCO CENTRO SPA. del denuncio de 30 de mayo de 2025 de fojas 1. Regístrese y comuníquese. Rol N° 62-2025 Policía Local. En Arica, cinco de septiembre de dos mil veinticinco, se notifi
Fallo
se declara que SE ABSUELVE a la denunciada CARNES ARAUCO CENTRO SPA. del denuncio de 30 de mayo de 2025 de fojas 1. Regístrese y comuníquese. Rol N° 62-2025 Policía Local. En Arica, cinco de septiembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Arica Arica, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: Primero: Que se ha deducido recurso de apelación por la denunciada CARNES ARAUCO CENTRO SPA. en contra de la resolución de 30 de mayo de 2025 que la condenó a pagar una multa de 5 UTM por infringir los artículos 1, 3 y 5 de la Ordenanza Municipal N°570 del año 1988, por botar basura en la vía pública. Segundo: Que, el recurs
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