1º JUZGADO DE LETRAS DE ANGOL

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./ORELLANA

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de fecha treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, escrita a folio 12 en el cuaderno principal. Devuélvase. N°Civil-472-2025. (csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de fecha treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, escrita a folio 12 en el cuaderno principal. Devuélvase. N°Civil-472-2025. (csd)

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