INTERGAS S.A.
Rol
Fecha
5 de septiembre de 2025
Materia
NOTIFICACIONES JUDICIA VARIAS, INCLUYENDO ÁRBITROS VOLUNTAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido que no existe causa legal para mantener retenida una suma de dinero cuya restitución ya fue oportunamente ordenada, por resolución ejecutoriada de fecha 15 de mayo de 2023, de folio 233, se acoge la apelación deducida y se declara que SE REVOCA la resolución de veinticinco de julio de dos mil veinticuatro, que rola a folio 343 (cuaderno principal) y se dispone, en su lugar, que se accede a la petición de la ejecutada, por lo que el Tribunal a quo deberá devolver el monto de dinero que ha sido ordenado restituir, procediendo a tal efecto como en derecho corresponda. Redacción del Ministro José Héctor Marinello Federici. Devuélvase mediante interconexión. N°Civil-1405-2024 (pvb).
Fallo
se declara que SE REVOCA la resolución de veinticinco de julio de dos mil veinticuatro, que rola a folio 343 (cuaderno principal) y se dispone, en su lugar, que se accede a la petición de la ejecutada, por lo que el Tribunal a quo deberá devolver el monto de dinero que ha sido ordenado restituir, procediendo a tal efecto como en derecho corresponda. Redacción del Ministro José Héctor Marinello Federici. Devuélvase mediante interconexión. N°Civil-1405-2024 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido que no existe causa legal para mantener retenida una suma de dinero cuya restitución ya fue oportunamente ordenada, por resolución ejecutoriada de fecha 15 de mayo de 2023, de folio 233, se acoge la apelación deducida y se declara que SE REVOCA la resolución de veinticinco de julio de dos mil veinticuatro, que rol
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