SIN INFORMACION

HENRÍQUEZ/MUÑOZ

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1 comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de don Alan Patrik Henríquez García, cédula nacional de identidad N° 18.968.551-3, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Parral, en contra de don Paulo Muñoz Pedemonte, juez de garantía de Copiapó. Señala que el recurrido se ha negado ilegalmente a acoger a tramitación la solicitud de traslado de unidad presentada por el amparado, perturbando su derecho a la libertad personal y a la seguridad individual. El recurrente expone que el objetivo del recurso es que se ordene admitir a tramitación la solicitud de traslado, fije audiencia para tal efecto y ordene a Gendarmería de Chile la elaboración del informe de factibilidad de traslado, restableciendo así el imperio del derecho fundamental vulnerado y asegurando la debida protección del amparado. En cuanto a los antecedentes de hecho, indica que el amparado se encuentra privado de libertad en el CCP de Parral, cumpliendo penas impuestas en las causas RUC N° 2200833734-2 y N° 2201010279-4, y que su residencia se encuentra en Copiapó. Señala que el módulo 2 del CCP de Parral, conforme a informe del Fiscal Judicial de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, posee un hacinamiento extremo: 14 celdas originalmente con capacidad para 4 internos cada una, actualmente adaptadas para 6 internos, albergando a la fecha 12 de agosto de 2025 a 170 reclusos, lo que genera que en la celda del amparado duerman al menos 4 personas en el suelo. Precisa que según la página oficial de GENCHI, al 25 de agosto de 2025 el CCP de Parral presenta un hacinamiento superior al 300%. Señala que, con fecha no especificada, solicitó audiencia en la causa RUC N° 2200833734-2, RIT N° 4512-2022 del Juzgado de Garantía de Copiapó, para debatir el traslado del amparado al CCP de Molina o a cualquier unida

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo establecido en el artículos 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE el recurso de amparo deducido a folio 1 a favor del condenado Alan Patrik Henríquez García, y en consecuencia, el juzgado de garantía de Copiapó deberá citar a una audiencia que tenga por objeto verificar las condiciones de la privación de libertad del amparado, debiendo pedir informe y citar, en su caso, a un representante de Gendarmería de Chile para tales efectos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-179-2025.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1 comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de don Alan Patrik Henríquez García, cédula nacional de identidad N° 18.968.551-3, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro d

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