JUZGADO DE LETRAS DE CALERA

ROJAS/MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2025

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En estos autos Rol I.C. N°Reforma Laboral 252-2025, se ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia de siete de marzo del presente año, pronunciada en los autos RIT O-75-2024, seguidos ante el Juzgado de Letras de La Calera, que rechaza la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, deducida por don Jorge Mauricio Rojas Rojas en contra de la I. Municipalidad de Hijuelas. El recurso lo deduce el abogado Mauricio Ortega Garrido, en representación del demandante y en él solicita se anule la sentencia por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo y se dicte una en su reemplazo en la que se acoja en todas sus partes la demanda, o en su defecto, se anule la sentencia de autos y se retrotraigan los autos a la audiencia de juicio respectiva. En subsidio alega la concurrencia de la causal del artículo 477 del mismo cuerpo legal. El 28 de agosto del presente año se realizó la audiencia para conocer del recurso. Oídos y

Fundamentos

considerando: En cuanto a la causal principal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Primero: Que, la parte demandante solicita la nulidad de la sentencia pronunciada en estos antecedentes, porque, a su juicio, en ella se habrían infringido las normas sobre apreciación de la prueba de conformidad a las reglas de la sana crítica. Al respecto sostiene que, el

Fallo

fallo infringe el principio de razón suficiente y el de identidad, porque no se ha realizado un examen lógico de las de las probanzas, ni tampoco se ha tenido en consideración el principio de primacía de la realidad, toda vez que se concluyó que la relación contractual que existió entre las partes no puede ser calificada como una relación de subordinación y dependencia, en los términos del artículo 7º del Código del Trabajo. Además, concede una errónea relevancia a ciertas características de los documentos a lo que en la realidad acaeció, pese a que lo que corresponde aplicar es la realidad sobre el tenor literal de lo que se contrata, existiendo una dicotomía entre la identidad de los elementos probatorios y los hechos zanjados. Relata que su parte aportó prueba documental de la cual, específicamente de los contratos de prestación de servicios celebrados entre las partes, se concluye que el actor realizaba labores que se encontraban fuera del cometido especifico y más bien se trataba de labores genéricas; así como también dejan de manifiesto la existencia de elementos de subordinación y dependencia habida en la relación entre la demandada y el actor. Segundo: Que, para resolver acertadamente el recurso, es necesario consignar los siguientes hitos procesales: a) El 8 de julio de 2024 don Jorge Mauricio Rojas Rojas dedujo demanda en contra de la I. Municipalidad de Hijuela, solicitando se declare la existencia de relación laboral entre las partes, el despido injustificado, la

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Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos Rol I.C. N°Reforma Laboral 252-2025, se ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia de siete de marzo del presente año, pronunciada en los autos RIT O-75-2024, seguidos ante el Juzgado de Letras de La Calera, que rechaza la demanda de declaración de relación laboral, despido injust

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