SIN INFORMACION

MARQUEZ CHACIN / MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA

Rol

Fecha

5 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Peñaloza en favor de Víctor David Márquez Chacín, de nacionalidad venezolana, en contra del Ministerio del Interior, debido a la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de nacionalización, lo que vulnera la garantía establecida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Refiere que la recurrente solicitó la carta de nacionalización el 21 de agosto de 202 y a la fecha no ha recibido ninguna respuesta por parte de la autoridad. Sostiene que, con su omisión, los recurridos han vulnerado el principio de celeridad e inexcusabilidad establecidos en la Ley N°19.880 y el plazo que consagra en su artículo 27 para emitir una decisión final en todo procedimiento administrativo, sin causa justificada y, por ende, su derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Señala que no se hace procedente el silencio administrativo, porque no se puede esperar que se agote la vía administrativa para comenzar la judicial ni el caso fortuito o fuerza mayor. En definitiva, solicita se ordene al recurrido que emita la correspondiente resolución exenta que concluye la solicitud en el plazo razonable que esta Corte considere pertinente conforme al mérito de autos, poniendo fin al procedimiento administrativo y a la vulneración de la garantía constitucional antes denunciada, ello con expresa condena en costas. Segundo: Que informa el Ministerio del Interior solicitando su rechazo. Señalan que los antecedentes de la solicitud de la recurrente ya han sido recibidos por el Ministerio de parte del Servicio Nacional de Migraciones, encontrándose el acto administrativo que la resuelve en sus últimas etapas de tramitación, previo a la firma de la autoridad y una vez concluida la tramitación de dicho acto le será debidamente notificado a la parte recurrente, de conformidad con el procedimiento y competencias definidas explícitamente e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Víctor David Márquez Chacín en contra del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-2182-2025.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Peñaloza en favor de Víctor David Márquez Chacín, de nacionalidad venezolana, en contra del Ministerio del Interior, debido a la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de nacionalización, lo que vulnera la garantía establecida en el artículo 19 N° 2 de la Consti

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