SIN INFORMACION

SILVA/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece María Elisa Silva Aguilar e interpone recurso de protección en contra de Banco de Crédito e Inversiones, representado legalmente por don Jerónimo Ryckeboer, fundado en por el acto ilegal y arbitrario de la recurrida consiste en efectuar la publicación de una supuesta deuda vigente, en circunstancias que ella se extinguió́ como consecuencia de la tramitación de un procedimiento concursal de liquidación voluntaria de la recurrente, lo que vulnera su derecho al respeto y protección de la vida privada y la honra, consagrado en el art. 19 Nº4 de la Constitución Política de la República. Expone que durante el año 2024, se sometió a un procedimiento de liquidación voluntaria de bienes tramitado ante el 1° Juzgado Civil de Puente Alto, en causa Rol C-172-2024, caratulada “SILVA”. Tras su completa tramitación, con fecha 20 de agosto de 2024 se dictó resolución de término, la cual quedó firme y ejecutoriada. Con posterioridad, el 11 de abril de 2025, solicitó un informe de deudas en el sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero, donde constató que aún figuraba como deudora del Banco de Crédito e Inversiones (BCI). Indica que dicha situación es ilegal, pues todas las deudas contraídas con anterioridad a la resolución de liquidación se extinguen por el solo ministerio de la ley una vez concluido el procedimiento concursal y que pese a haber sido notificado y existir resolución firme, el recurrido persiste en mantenerla informada como deudora morosa en la Comisión para el Mercado Financiero. Agrega que, aun frente a los reclamos presentados, el banco no ha corregido el antecedente, desconociendo el efecto extintivo de la liquidación y contraviniendo la normativa vigente, con el consiguiente perjuicio de seguir siendo catalogada como incumplidora, lo que le ha provocado una grave afectación a la garantía fundamental reconocida en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política, relativa al respeto y protección de la

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de María Silva Aguilar, en contra de Banco de Crédito e Inversiones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-8228-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Al folio 18: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece María Elisa Silva Aguilar e interpone recurso de protección en contra de Banco de Crédito e Inversiones, representado legalmente por don Jerónimo Ryckeboer, fundado en por el acto ilegal y arbitrario de la recurrida consiste en efectuar la pub

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