SIN INFORMACION

BELÉN ANAÍS CASTRO LEAL/UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En estos autos ingreso Corte Rol N° 2949-2025 compareció el abogado Javier Ignacio Rubilar Escobar, en representación de la estudiante Belén Anais Castro Leal y deduce recurso de protección en contra de la Universidad San Sebastián, representada por su Rector Hugo Lavados Montes, por las acciones arbitrarias e ilegales en que ésta incurrió y que vulneran sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley; derecho a la honra y el derecho a la educación, todos consagrados en nuestra Constitución Política de la República. Indica en síntesis, que la recurrente es estudiante de quinto año de la carrera Química y Farmacia en la Universidad San Sebastián, sede Concepción, y que fue sancionada por la institución recurrida con la suspensión de un semestre académico. Relata que dicha sanción se dictó tras un proceso disciplinario interno, en el cual se le atribuyó la creación de múltiples perfiles falsos en Instagram, presuntamente dirigidos al estudiante y denunciante Nelson Figueroa Vera, situación considerada como una falta gravísima, según el reglamento de convivencia universitaria. Sostiene que la sanción se basó principalmente en una conversación de WhatsApp entre la recurrente y Figueroa Vera, en la que supuestamente ella reconocía ser autora de los perfiles falsos; sin embargo, postula que dicha conversación correspondía a un caso anterior, tambien investigado por la Universidad y ya resuelto, - RGC-10-2025-, en el que la estudiante reconoció haber creado un perfil falso y realizado una publicación ofensiva como reacción al hostigamiento sufrido por Figueroa Vera. Añade que, este nuevo proceso disciplinario, la recurrente negó rotundamente, haber creado nuevos perfiles y presentó evidencia que apuntaría al propio denunciante como posible autor de ellos. Relata que, a lo largo del procedimiento investigativo contra la recurrida, se presentaron irregularidades graves, como fueron la sanción pese a una prueba directa; la interpretación sesgada de mensajes d

Fundamentos

considerando que la estudiante ya había cumplido una sanción anterior, por la cual se encontraba bajo la medida de condicionalidad y cursa su último año de carrera, con ramos anuales, cuya suspensión afecta significativamente su avance académico. Cuestiona también que ni la recurrida ni el denunciante, hayan presentado denuncias formales ante organismos competentes como el Ministerio Público o la Policía, pese a tratarse de hechos que podrían constituir eventualmente delitos, todo lo cual evidencia, un actuar arbitrario por parte de la universidad, al asumir funciones investigativas y sancionadoras fuera de su competencia legal. Concluye indicando que la aplicación de la sanción a la recurrida, de fecha 23 de junio de 2025 por medio de resolución RGC-47-2024 y ratificada por el vicerrector de la Universidad, con fecha 7 de Julio de 2025, es atentatoria de sus derechos constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso, trato no discriminatorio en las sanciones, principio de legalidad, derecho de la educación, derecho a la honra y dignidad humana. Pide a esta Corte acoger esta acción, ordenando se deje sin efecto el acto arbitrario e ilegal de aplicación de sanción en causa RGC-47-2025, y la realización de nuevo sumario con Investigador no inhabilitado; en subsidio, la aplicación de una sanción alternativa de cambio de sede, ordenando que la recurrente pueda retomar su segundo semestre de la carrera con normalidad, todo ello con costas. Informa María José Menchaca Weinert, abogada, en representación de la recurrida Universidad San Sebastián, indicando que la recurrente, estudiante de quinto año de Química y Farmacia en la Universidad San Sebastián, ha enfrentado tres investigaciones disciplinarias, donde la primera finalizó por mediación; la segunda concluyó con una sanción de condicionalidad por tres faltas gravísimas y la tercera, concluyó con la suspensión de todo un semestre, mediante resolución RGC-47-2025. Relata que la sanción de la última investigación fue apelada por la recurrente, pero el recurso fue rechazado finalmente, quedando firme la sanción. Posteriormente, la recurrente denunció a Figueroa Vera por abuso sexual, lo que llevó a la Universidad a suspender temporalmente la sanción aplicada a la alumna, en cumplimiento de la Ley 21.369, que impide la revictiminacion de las personas denunciantes de acoso. Sostiene que el actual procedimiento, se originó por una denuncia de otro alumno, Figueroa Vera, quien acusó a la recurrente de acoso a través de redes sociales y de crear perfiles falsos en Instagram por medio de los cuales lo acosaba. Indica que la investigación realizada incluyó prueba documental, declaraciones y conversaciones a través de whatsapp, concluyendo con la imposición de la sanción de suspensión por el lapso de un semestre. En su apelación, la recurrente alegó una vulneración del debido proceso y la ausencia de pruebas directas en su contra, además de una valoración indebida de los testigos presentados y la a

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por el abogado Javier Ignacio Rubilar Escobar, en representación de la estudiante Belén Anais Castro Leal en contra de la Universidad San Sebastián, representada por su Rector Hugo Lavados Montes, por no existir hechos que califiquen como ilegales y arbitrarios en el obrar de la recurrida y por haber perdido oportunidad la presente acción de protección. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Redacción de la abogada integrante Marta Araneda Fraile. Rol Nº 2949-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

Concepción, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO: En estos autos ingreso Corte Rol N° 2949-2025 compareció el abogado Javier Ignacio Rubilar Escobar, en representación de la estudiante Belén Anais Castro Leal y deduce recurso de protección en contra de la Universidad San Sebastián, representada por su Rector Hugo Lavados Montes, por las acciones arbitrarias e ilegales en que ésta in

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