CRISTOPHER BRIAN ANDREU ESPINOZACONTRA RESOLUCION DEL JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, la causa en que incide este recurso de hecho es una ejecución o cobranza laboral regida por las normas del párrafo 4° del Título I del Libro V del Código del Trabajo, en el que la norma pertinente es el artículo 472, que dispone que las resoluciones dictadas en los procedimientos “de este párrafo” son inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470, esto es, respecto de la sentencia que falle las excepciones opuestas a la demanda ejecutiva. 2°) Que, aun cuando se considerara que se aplican las normas generales, ellas son las del procedimiento laboral, y no las del procedimiento civil supletorio, donde cabe considerar que el sistema recursivo de aplicación general, está regulado en el artículo 476 del Código Laboral, el cual señala que: “Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. Tratándose de medidas cautelares, la apelación de la resolución que la otorgue o que rechace su alzamiento, se concederá en el solo efecto devolutivo. De la misma manera se concederá la apelación de las resoluciones que fijen las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social” 3°) Que, así las cosas, la resolución de 28 de marzo de 2025 que rechaza la solicitud de ampliación de requerimiento de pago para la empresa Andes EPSS Elevadores Spa, no se trata de aquellas resoluciones que admiten dicho medio de impugnación. Por estas consideraciones y normas legales citadas, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido, en contra de la resolución de 7 de abril de 2025, dictada en los autos ejecutivos RIT C-9-2025 caratulados “ANDREU/EPSS VIDA EXPRESS ELEVATOR CHILE SPA”, del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción que no concedió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de 28
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido, en contra de la resolución de 7 de abril de 2025, dictada en los autos ejecutivos RIT C-9-2025 caratulados “ANDREU/EPSS VIDA EXPRESS ELEVATOR CHILE SPA”, del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción que no concedió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de 28 de marzo de 2025. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 287-2025 Laboral/Hecho
Texto Completo (Preview)
RDM/ari C.A. de Concepción Concepción, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, la causa en que incide este recurso de hecho es una ejecución o cobranza laboral regida por las normas del párrafo 4° del Título I del Libro V del Código del Trabajo, en el que la norma pertinente es el artículo 472, que dispone que las resoluciones dictadas en los procedimient
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