SURAMERICANA DE TEXTILES S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2025
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En autos, Rit I-55-2024 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, por sentencia de once de julio de dos mil veinticuatro, se rechazó la reclamación deducida por Suramericana de Textiles S.A. en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente, con costas. En contra de dicho fallo recurre de nulidad la parte reclamante, invocando la causal del artículo 478 letra e) en relación con el 459 N°6, ambos del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la parte demandante fundamenta su recurso en la causal del artículo 478 letra e) en relación con el 459 N°6, ambos del Código del Trabajo, argumentando que la sentencia impugnada, ha omitido resolver todas las cuestiones sometidas a conocimiento del tribunal, en particular su petición subsidiaria sobre rebaja de la multa impuesta. Señala que en su reclamo alegó que en el caso de que se estimare mantener la multa impuesta, se rebajara su monto, ya que ofreció e incorporó todos los documentos que se solicitaron exhibir en el proceso de fiscalización que originó la sanción pecuniaria. Sin embargo, el sentenciador pasó por alto que como consta del acta de audiencia preparatoria y como se reconoce en el motivo tercero, los hechos controvertidos incluyeron como tales “los antecedentes que justifiquen la rebaja de la multa”, y en tal sentido incorporó prueba documental que detalla, de modo que el
Fallo
fallo recurre de nulidad la parte reclamante, invocando la causal del artículo 478 letra e) en relación con el 459 N°6, ambos del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento. Considerando: Primero: Que la parte demandante fundamenta su recurso en la causal del artículo 478 letra e) en relación con el 459 N°6, ambos del Código del Trabajo, argumentando que la sentencia impugnada, ha omitido resolver todas las cuestiones sometidas a conocimiento del tribunal, en particular su petición subsidiaria sobre rebaja de la multa impuesta. Señala que en su reclamo alegó que en el caso de que se estimare mantener la multa impuesta, se rebajara su monto, ya que ofreció e incorporó todos los documentos que se solicitaron exhibir en el proceso de fiscalización que originó la sanción pecuniaria. Sin embargo, el sentenciador pasó por alto que como consta del acta de audiencia preparatoria y como se reconoce en el motivo tercero, los hechos controvertidos incluyeron como tales “los antecedentes que justifiquen la rebaja de la multa”, y en tal sentido incorporó prueba documental que detalla, de modo que el fallo al rechazar la alegación principal debió pronunciarse sobre las demás cuestiones sometidas a su decisión. Segundo: Que para emprender el análisis del recurso, resulta necesario recordar que la multa que suscita el alegato de nulidad de la reclamante, fue cursada por infracción consistente en no exhibir toda la comunicación necesaria para efectuar
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Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: En autos, Rit I-55-2024 seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo, por sentencia de once de julio de dos mil veinticuatro, se rechazó la reclamación deducida por Suramericana de Textiles S.A. en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente, con costas. En contra de dicho fallo recurre de nulidad la parte re
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