REBOLLEDO ARANEDA JOSE FRANCISCO/JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE SANTIAGO - CARABINEROS DE CHILE
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Eduardo Javier Torres Zúñiga, abogado, en representación de José Francisco Rebolledo Araneda, interponiendo acción de amparo constitucional en contra del Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, por la existencia de una orden de arresto vigente en contra de su representado, solicitando que se acoja el presente recurso y, en consecuencia, se deje sin efecto la mencionada orden de arresto de fecha 31 de enero del presente año, cuyo cumplimiento ha sido encargado a Carabineros de Chile. Explica que con fecha 30 de julio de 2021, AFP PROVIDA S.A. inició en contra del amparado un procedimiento de cobro de cotizaciones previsionales impagas del ex trabajador Sergio Peña Villar, desde agosto de 2007 hasta marzo de 2010. Da cuenta que el 7 de octubre de 2023, su representado y el trabajador terminaron su relación laboral por mutuo acuerdo, de conformidad al artículo 159 N°1 del Código del Trabajo, lo que se corresponde con el finiquito por ellos suscrito. Sin embargo, el lunes 25 de agosto, tomó conocimiento de la orden de arresto que existe en contra de su representado si este no paga la suma de $51.045.306. La mencionada orden fue dictada en la causa RIT-P-19796-2021 del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Hace presente que el monto de las cotizaciones impagas ascendía a la suma de $889.734, pero que a la mencionada cifra se le sumaron los recargos, reajustes, intereses y costas desde el año 2010 a la fecha, lo que hace imposible el pago de la deuda. Agrega que su representada no tenía conocimiento del procedimiento que se había iniciado en su contra y que a la fecha todas estas supuestas obligaciones se encuentran extinguidas por prescripción, desde que han transcurrido más de 10 años contados desde que la obligación se hizo exigible. Así las cosas, sostiene que existe un abuso del derecho por parte de la AFP, pues cobra una obligación que no existe, a lo que se suma el hech
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso que regula la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de José Francisco Rebolledo Araneda, y en contra del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3427-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Al folio 13, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Eduardo Javier Torres Zúñiga, abogado, en representación de José Francisco Rebolledo Araneda, interponiendo acción de amparo constitucional en contra del Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, por la existencia de una or
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