SEPÚLVEDA/ALIMENTOS FOOD SOLUTION SPA
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2025
Materia
PRESTACIONES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: De la sentencia anulada de veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-4991-2023, se mantiene su parte considerativa, con excepción de los párrafos tercero de su
Fundamentos
considerando Segundo, y cuarto de su razonamiento Sexto, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: 1° Que conforme se ha establecido en autos, la remuneración de la demandante ascendía a $635.000.-, suma que debe considerarse como base de cálculo de las prestaciones que se otorgarán. 2° Que, al haber demandado la compensación de feriado legal correspondiente a dos años y feriado proporcional por 9 días, así como el pago de remuneraciones insolutas correspondientes a septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022, enero y 14 días de febrero de 2023, correspondía a la demandada demostrar su solución, lo que no hizo, por lo que se hará lugar a lo pedido. 3° Que no procede disponer el pago de las indemnizaciones correspondientes al despido injustificado, atendida la caducidad de la acción respectiva, declarada en la audiencia preparatoria.
Fallo
Por estas consideraciones, visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 73, 160, 162, 168, 420, 425 y siguientes y 459 del Código del Trabajo, y manteniendo la decisión de la sentencia de instancia no afectada por la invalidación dispuesta, se declara que: I.- Se acoge la demanda interpuesta por doña Emily Catalina Sepúlveda Salazar en contra de Alimentos Food Solution SPA, solo en cuanto se declara que la demandada deberá pagar a la actora: - la suma representativa de la compensación por 9 días de feriado proporcional devengado, y dos anualidades de feriado legal. - Remuneración de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre, todos de 2022, enero y 14 días de febrero de 2023, sobre la base de la suma determinada en el considerando 1°. II.- Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales, condenándose a la demandada Alimentos Food Solution SPA, al pago de remuneraciones y demás prestaciones laborales y previsionales durante el período comprendido entre la fecha del despido y el 25 de agosto de 2023, fecha en que la demandada fue declarada en liquidación concursal, sobre la base de la remuneración establecida en el considerando 1°. III.- Se rechaza la demanda, en todo lo demás. IV.- Las sumas que se ordena pagar se reajustarán y devengarán el interés que legalmente corresponda, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V.- Cada parte pagará sus costas. VI.- Ejecutoriada que se encuent
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Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: De la sentencia anulada de veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-4991-2023, se mantiene su parte considerativa, con excepción de los párrafos tercero de su considerando Segundo, y cuarto de su razonamiento Sexto, que se eliminan. Y se tiene,
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