JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

JUAN PABLO VALLEJOS CAMPOS C/ ANTONIO ERNESTO GALVEZ PAREDES

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2025

Materia

RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal. Los dos primeros, no han sido debatidos derechamente en la audiencia. En cuanto a la letra c), se estima que las medidas cautelares decretadas por la jueza de garantía de esta ciudad, en reemplazo de la prisión preventiva, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, SE CONFIRMA la resolución de veintisiete de agosto del año dos mil veinticinco, que dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva, decretando otras del 155 del Código Procesal Penal, en relación al imputado Antonio Ernesto Gálvez Paredes. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 625-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Fallo

Se declara admisible el recurso de apelación elevado al conocimiento de este Tribunal de Alzada en folio 1. Previa deliberación se ha resuelto lo siguiente: VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal. Los dos primeros, no han sido debatidos derechamente en la audiencia. En cuanto a la letra c), se estima que las medidas cautelares decretadas por la jueza de garantía de esta ciudad, en reemplazo de la prisión preventiva, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, SE CONFIRMA la resolución de veintisiete de agosto del año dos mil veinticinco, que dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva, decretando otras del 155 del Código Procesal Penal, en relación al imputado Antonio Ernesto Gálvez Paredes. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 625-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. Arica, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 625-2025 Penal Ruc: 2201123280-2 RIT: 5576-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor Pablo Zavala Fernández, fiscal judicial señor Juan Manuel Escobar Salas y abogado integrante señor Ricardo Oñate Vera. Relator (a): María Pía Bustamante Müller Digitador (a

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