BANCO RIPLEY S.A/
Rol
Fecha
5 de septiembre de 2025
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Teniendo presente que la resolución impugnada, corresponde a aquella que denegó la solicitud de medida prejudicial de suspensión de cancelación y/o restitución de fondos prevista en la ley 20.009 y
Fundamentos
considerando que en este caso es aplicable la limitación recursiva prevista en el artículo 32 de la ley18.287, que establece expresamente que el recurso de apelación procede sólo en contra de las sentencias definitivas o de aquellas resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio, no participando la resolución recurrida de dicha naturaleza jurídica, y visto lo dispuesto en el artículo 201 y 203 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiariamente deducido pro don Paulo García-Huidobro en contra de la resolución dictada el 07 de julio de 2024 por don Hernán Flores Yáñez, juez del juzgado de policía local de Chañaral. Regístrese y devuélvase. Policía Local-47-2025./mfr.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, cinco de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Teniendo presente que la resolución impugnada, corresponde a aquella que denegó la solicitud de medida prejudicial de suspensión de cancelación y/o restitución de fondos prevista en la ley 20.009 y considerando que en este caso es aplicable la limitación recursiva prevista en el artículo 32 de la ley18.287, que establece
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