LAMBERT LEZE DOMINGUE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Leze Domingue Lambert, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber Resolución Exenta N°24601365, de 27 de diciembre de 2024, mediante la que se rechazó su solicitud de residencia definitiva, ordenándose el abandono del país en el plazo de diez días, vulnerando con ello las garantías fundamentales del artículo 19 N°7, de la Constitución Política de la República. Expone que la persona amparada es originaria de Haití, país que atraviesa una crisis político-social-económica generalizada, motivo por el cual migró a Chile buscando mejorar su situación vital y la de su familia. Señala que cuenta con RUT definitivo, lo que implica haber tenido residencia temporal previa. Mediante Resolución Exenta N°24601365 de 27 de diciembre de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones rechazó su solicitud de residencia definitiva por no acompañar copia de la sanción por residir con permiso vencido, dictando simultáneamente orden de abandono y sostiene que pagó la multa correspondiente. Argumenta que la actuación administrativa constituye una arbitrariedad que desprecia los principios de ponderación y proporcionalidad, existiendo alternativas menos gravosas, como el otorgamiento de residencia temporal sustitutiva. Solicita que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución que ordena el abandono del país, se retrotraiga el proceso administrativo permitiendo complementar los antecedentes o realizar nueva postulación, y se otorgue certificado de residencia en trámite. A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Expresa que la persona amparada solicitó residencia definitiva el 5 de febrero de 2023, encontrándose en situación irregular desde el 20 de agosto de 2020, fecha de vencimiento de su visa anterior. Sostiene que no cumplió con el requisito de acompañar el pago de la sanción por residencia irregular exigido por
Fundamentos
motivos invocados, se dictó la Resolución Exenta N°24601365, de 27 de diciembre de 2024, rechazando la solicitud y disponiendo el abandono del país. Afirma que la resolución fue dictada por autoridad competente conforme a los artículos 157 N°5 de la Ley N°21.325 y 42 del Decreto Supremo N°296 y que la normativa migratoria establece como requisito el pago previo de multas por residencia irregular para postular a residencia definitiva. Sostiene que se cumplió con el debido proceso al notificar previamente las causales de rechazo según el artículo 91 inciso 2° de la Ley N°21.325, y que la orden de abandono constituye una consecuencia legal imperativa pero de cumplimiento voluntario. A folio 6 se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, garantía consagrada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, a través de esta vía cautelar se impugna la Resolución Exenta N°24601365, de 27 de diciembre de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia definitiva de la persona amparada y se dispuso su abandono del país. Tercero: Que, el recurrido informa, en síntesis, que la amparada no remitió el comprobante de pago de la multa impuesta como sanción por residencia irregular dentro del plazo otorgado, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, siendo pertinente rechazar su solicitud en conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería. Cuarto: Que, si bien la resolución recurrida se ajusta formalmente a la normativa migratoria vigente, esta Corte advierte que su aplicación en el caso concreto resulta desproporcionada, atendidas las circunstancias particulares, teniendo presente la nacionalidad de la persona extranjera, la brecha idiomática existente, que ha permanecido en el país a lo menos desde el año 2020 y, en último término, la complejidad del sistema de recaudación. Quinto: Que, en consecuencia, el actuar del recurrido deviene en ilegal por desproporcionado, y amenaza la libertad personal de la persona amparada, por cuanto el inciso 5° del artículo 91 de la Ley N°21.325, establece que la medida de abandono del país puede ser sustituida por la autorización de residencia o permanencia, de vigencia restringida, de manera que el órgano recurrido contaba con atribuciones para imponer una medida menos gravosa. Sexto: Que, atendido que de no cumplirse voluntariamente la orden de abandono, la autoridad migratoria puede disponer la expulsión del extranjero, razon
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Leze Domingue Lambert, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24601365, de 27 de diciembre de 2024, debiendo la autoridad recurrida otorgar un plazo no inferior a noventa días hábiles, para que se acompañe el comprobante de pago de la multa impuesta, transcurrido el cual, deberá resolver la solicitud de residencia como en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2973-2025. En Valparaíso, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Leze Domingue Lambert, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber Resolución Exenta N°24601365, de 27 de diciembre de 2024, mediante la que se rechazó su solicitud de residencia definitiva, ordenándose el abandono de
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