MP.C/ DIEGO LEONARDO DÍAZ MARINAO.
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia se desprende que, en este estadio procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal que se tuvieron en consideración al momento de decretar la prisión preventiva del imputado. Segundo: Que, en cuanto a la necesidad de cautela, esta Corte coincide con el criterio aplicado por el tribunal a quo para entender que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga, teniendo especialmente presente la naturaleza y carácter del ilícito investigado, forma de comisión y el hecho de registrar antecedentes penales pretéritos y encontrarse cumpliendo dos penas sustitutivas de libertad vigilada intensiva, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintisiete de agosto del año en curso, por el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva del imputado Diego Leonardo Díaz Marinao. Se previene que la ministra Sylvia Pizarro Barahona concurre a la confirmatoria, estimando que la libertad del imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad. Devuélvase vía interconexión. N° Penal-2902-2025
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintisiete de agosto del año en curso, por el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva del imputado Diego Leonardo Díaz Marinao. Se previene que la ministra Sylvia Pizarro Barahona concurre a la confirmatoria, estimando que la libertad del imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad. Devuélvase vía interconexión. N° Penal-2902-2025
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco Sala: Segunda Sala Rol Corte: 2902-2025 Penal. RIT: 2058-2025 10°JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Relatora: Carolina Cordero Jara Digitadora: Carolina Orellana Medina Caratulado: MP. C/DIEGO LEONARDO DÍAZ MARINAO Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Materia: tráfico ilícito de drogas Escritos proveídos en audiencia: 2 (folios 3 y 4)
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