1º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LA SERENA

LÓPEZ ORTEGA, ARIEL RODRIGO/MERINO CORTES, RODRIGO ANDRÉS

Rol

Fecha

4 de septiembre de 2025

Materia

INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

motivos 26, 27 y 29, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, el daño emergente es el empobrecimiento real y efectivo que sufre el patrimonio de una persona, y que genera para quien lo ha ocasionado la obligación de indemnizarlo, siempre que concurran los demás requisitos legales en materia de responsabilidad. SEGUNDO: Que, cabe señalar que, para que proceda la indemnización de perjuicios, es necesario acreditar tanto la existencia del daño como su monto. No es posible,

Fallo

por tanto, apreciar estos perjuicios de manera prudencial; al contrario, es deber de quien los alega demostrar tanto su existencia como su cuantía. TERCERO: Que, se ha constatado que el vehículo PPU DIBC.91 resultó con daños en parte frontal izquierdo, parachoques delantero según consta en fotografías rolantes de fojas 29, 30 y fojas 31.- CUARTO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, en particular la factura electrónica N°192750 que corre agregada en el expediente a fojas 165, presentada por la parte demandante en el comparendo de estilo, documento emitido por la empresa Sociedad Hermanas Callegari Limitada, que da cuenta del pago efectuado por don Ariel Rodrigo López Ortega por la suma de $5.346.918, correspondiente a la reparación total de los daños sufridos por el vehículo placa patente DTBC-91, a consecuencia de la colisión causada por el demandado RODRIGO ANDRES MERINO CORTES. Dicho antecedente documental es idóneo y suficiente para acreditar el daño emergente, entendiendo por tal el desembolso económico directo derivado de los hechos imputados, conclusión que no es desvirtuada por la existencia de un presupuesto de inferior valor. QUINTO: Que, en atención a la prueba rendida por el actor, detallada en el basamento precedente, se regulará el daño emergente en lo relativo a la reparación del vehículo Nissan X-Trail, año 2012, placa patente única DTBC-91, en la suma de $5.346.918.- SEXTO: Que, en cuanto a la indemnización por daño emergente, pero respecto de la d

Texto Completo (Preview)

López Ortega, Ariel Rodrigo Merino Cortés, Rodrigo Andrés Daños en colisión Rol N°119-2024 (Rol 17.568-2023 del Primer Juzgado de Policía Local de La Serena).- La Serena, cuatro de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivos 26, 27 y 29, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, el daño emergente es e

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