1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

CIA. DE SEGUROS DE VIDA CONSORCIO NACIONAL DE SEGUROS S.A./ROJAS

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2025

Materia

HIPOTECARIA, ACCIÓN SEGÚN LEY DE BANCOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Teniendo únicamente presente que el artículo 103 de la Ley General de Bancos, que menciona el juez del a quo en la resolución en alzada, no lo faculta para disponer la clausura del procedimiento, siendo labor de los litigantes ejercer las defensas que estimen pertinentes, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en causa Rol C-6262-2019, del ingreso de dicho tribunal, mediante la cual anuló de oficio parte de lo actuado en la causa y la declaró “terminada”, y, en su lugar, se decide que el juez no inhabilitado que corresponda, deberá continuar con la tramitación del proceso como en derecho fuere procedente y proveer las solicitudes del banco ejecutante que se encuentren pendientes. Devuélvase. N°Civil-1595-2025.

Fallo

se decide que el juez no inhabilitado que corresponda, deberá continuar con la tramitación del proceso como en derecho fuere procedente y proveer las solicitudes del banco ejecutante que se encuentren pendientes. Devuélvase. N°Civil-1595-2025.

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SBC/cqf C.A. de Concepción Concepción, tres de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO: Teniendo únicamente presente que el artículo 103 de la Ley General de Bancos, que menciona el juez del a quo en la resolución en alzada, no lo faculta para disponer la clausura del procedimiento, siendo labor de los litigantes ejercer las defensas que estimen pertinentes, SE REVOCA, sin costas del recurso, la

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