MUÑOZ/EULEN SOCIO SANITARIOS SPA
Rol
Fecha
3 de septiembre de 2025
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo además presente: Que la parte demandante no ha solicitado la medida precautoria de retención en la forma que establece la ley, esto es, indicando bienes determinados sobre los cuales ella ha de recaer, como prescribe el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de otros derechos, se confirma, en lo apelado, la resolución de uno de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT M-3671-2025. Comuníquese. N° Laboral - Cobranza-2810-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo además presente: Que la parte demandante no ha solicitado la medida precautoria de retención en la forma que establece la ley, esto es, indicando bienes determinados sobre los cuales ella ha de recaer, como prescribe el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de otros derechos, se confi
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