GONZÁLEZ/UNIVERSIDAD DE SANTIAGO CHILE
Rol
Fecha
11 de septiembre de 2025
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en antecedentes RIT O-7947-2023, comparece Scarlett Valentina González Reinoso y, en procedimiento de aplicación general, interpone demanda en contra de la Universidad Santiago de Chile, representada legalmente por Rodrigo Vidal Rojas. Pide se declare la existencia de relación laboral entre las partes, injustificado y nulo el despido de que fue objeto, en consecuencia, se condene a la demandada a pagar las cantidades que indica por concepto de indemnización por años de servicios con recargo legal, compensación de feriado, remuneraciones desde el despido a convalidación, cotizaciones previsionales adeudadas, más reajustes, intereses y costas. Por sentencia de once de junio de dos mil veinticuatro, se rechazó íntegramente la demanda imponiendo a cada parte el pago de sus costas. En contra de dicha sentencia, la demandante deduce recurso de nulidad invocando las causales establecidas en el artículo 477 y en la letra e) del artículo 478, ambos del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible e incorporado a tabla para su conocimiento y resolución.
Fundamentos
Considerando: Primero: La recurrente, enseguida de reproducir el contenido del artículo 477 y de la letra e) del artículo 478, el que relaciona con el artículo 459 N° 4, todas disposiciones del Código del ramo, afirma que en la sentencia contra la que se recurre se omite el análisis de toda la prueba rendida, a fin de decidir la principal controversia del juicio, que es como señala en el considerando sexto: “Ǫue la controversia radica en determinar la efectividad que la demandante prestó servicios a la demandada bajo dependencia y subordinación en los términos previstos en el artículo 7º del Código del Trabajo”. Argumenta que, para resolver el asunto, el tribunal a quo debió haber analizado toda la prueba rendida, destacando que en ninguna parte del
Fallo
fallo se realiza una examinación a la prueba N° 1, denominada “Contrato de honorarios de la trabajadora doña Scarlett González que data de fecha 25 de enero de 2022 a 31 de marzo de 2022”. Señala que de su simple lectura se obtiene que la recurrente estuvo más de 60 días bajo dependencia de su empleador, cuestión que al menos el tribunal controvierte, estableciendo en el considerando séptimo: “Ǫue ha quedado acreditado en autos, que las partes celebraron diversos contratos de prestación de servicios a honorarios, entre el 25 de enero de 2022 y el 1 de septiembre de 2023. Todos ellos por períodos que no exceden de 60 días”, respecto a lo que no existe sustento. Dice que el tribunal no puede analizar una generalidad de la prueba, ya que la norma exige “el análisis de toda la prueba rendida”, por lo que aquí se descubre la contradicción. De hecho, la sentencia determina su acreditación, pues, de no haberse acreditado no hubiera llegado al mismo razonamiento en la parte resolutiva (sic). Indica que la dependiente se mantuvo durante toda la vigencia de su relación laboral con sendos contratos de honorarios, lo que sostiene la existencia del principio de continuidad laboral y permanencia, quedando vedada la posibilidad de estar frente a labores accidentales, como refiere la sentencia en el mismo considerando séptimo apoyándose en que: “En el mismo instrumento se señala que la naturaleza de la función de la actora es personal con tareas de duración acotada”. Sostiene que no puede
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Santiago, once de septiembre de dos mi veinticinco. Vistos: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en antecedentes RIT O-7947-2023, comparece Scarlett Valentina González Reinoso y, en procedimiento de aplicación general, interpone demanda en contra de la Universidad Santiago de Chile, representada legalmente por Rodrigo Vidal Rojas. Pide se declare la existencia de relación
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