JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

MINISTERIO PUBLICO - SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS C/ MAUREEN LEONOR VILLAGRAN CARTES

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2025

Materia

DELITOS QUE CONTEMPLA EL CODIGO TRIBUTARIO. ARTS. 97 AL 114. CODIGO TRIBUTARIO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, la defensa de José Nacim Nome del Valle, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, en audiencia de veinticinco de agosto pasado, que negó lugar a su solicitud de sustituir la cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno por la de firma mensual del imputado, estimando el a quo que no ha variado la necesidad de cautela tenida a la vista al momento de imponerse la medida cautelar. Funda su recurso en haber acompañado diversos antecedentes, que a su juicio darían cuenta de la existencia de las operaciones que fundan la emisión de las facturas que el ente persecutor y la querellante imputan como falsas. 2°.- Que, a su turno, el Ministerio Público y la Querellante sostuvieron que se mantiene la necesidad de cautela tenida a la vista al momento de imponer la medida cautelar de arresto parcial, toda vez que los antecedentes presentados por la defensa deben ser contrastados con aquellos ya incorporados a la carpeta de investigación. 3°.- Que, conforme al mérito de autos, las alegaciones vertidas en estrados por los intervinientes, la naturaleza de los documentos aportados por la defensa, las conclusiones de la pericia aportada, el tiempo transcurrido, la inexistencia de informes de incumplimiento de la medida vigente, y la irreprochable conducta anterior del imputado, permiten establecer que la seguridad de la sociedad y los fines del procedimiento se satisfacen con la medida cautelar de arraigo ya decretada y la firma mensual solicitada por la defensa. Por estas consideraciones, y conforme lo dispuesto en los artículos 5, 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada y en su lugar se sustituye la medida de arresto domiciliario parcial nocturno por la de firma mensual ante Carabineros del domicilio del imputado José Nacim Nome del Valle. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial Sr. Vigueras Seguel, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzad

Fundamentos

fundamentos del a quo. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-712-2025.

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo dispuesto en los artículos 5, 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada y en su lugar se sustituye la medida de arresto domiciliario parcial nocturno por la de firma mensual ante Carabineros del domicilio del imputado José Nacim Nome del Valle. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial Sr. Vigueras Seguel, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada por compartir los fundamentos del a quo. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-712-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillan mgab/cff Chillan, tres de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, la defensa de José Nacim Nome del Valle, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, en audiencia de veinticinco de agosto pasado, que negó lugar a su solicitud de sustituir la cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno por la de firma mensual del impu

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