SIN INFORMACION

MAROUSSIA RENE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

3 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de amparo en favor de Maroussia Rene, de nacionalidad haitiana, e interpone recurso de amparo constitucional en contra del Servicio Nacional De Migraciones. El recurso impugna la legalidad y arbitrariedad de la Resolución Exenta N°24515504, de fecha 11 de noviembre de 2024, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada y se dispuso su abandono del territorio nacional en el plazo de diez días. Sostiene que dicho acto vulnera la garantía a la libertad personal y seguridad individual, consagrada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, solicitando se deje sin efecto la referida resolución y se ordene dar continuidad a su tramitación administrativa. Que, a folio 6 y 16, el Servicio Nacional de Migraciones, al evacuar su informe, solicita el rechazo del recurso, oponiendo la excepción de cosa juzgada y argumentando que la acción ha perdido oportunidad y eficacia. Que, a folio diecisiete, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, la acción constitucional de amparo, consagrada en el artículo 21 de nuestra Carta Fundamental, tiene por objeto otorgar una tutela jurisdiccional de urgencia frente a actos u omisiones, ilegales o arbitrarios, que provoquen una privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio del derecho a la libertad personal y a la seguridad individual. La procedencia de esta acción cautelar,

Fallo

por tanto, exige la existencia de una afectación actual y vigente a dicha garantía. Segundo: Que, el organismo recurrido ha fundado su defensa en la existencia de un pronunciamiento judicial previo y firme sobre el mismo acto administrativo que se impugna en estos autos. En efecto, ha señalado que Maroussia Rene interpuso un recurso de amparo anterior en contra de la misma Resolución Exenta N°24515504 ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago (Rol N°3.828-2024). Tercero: Que, esto resulta fundamental para la resolución del presente asunto, ya que el recurrido ha informado que dicha acción judicial anterior fue resuelta en última instancia por la Excma. Corte Suprema, la cual, en sentencia de fecha 16 de enero de 2025 (dictada en la causa Rol N°61597-2025), acogió el recurso de amparo interpuesto por la recurrente y, en consecuencia, dejó sin efecto la referida Resolución Exenta N°24515504. Cuarto: Que lo aseverado por el recurrido es de máxima relevancia, pues demuestra que el acto administrativo que constituye el agravio que motiva este recurso —esto es, el rechazo de la solicitud de residencia y la consecuente orden de abandono del país— se dejó sin efecto por una sentencia judicial firme y ejecutoriada, emanada del máximo tribunal de la República. Quinto: Que, en corroboración de lo anterior, el propio Servicio Nacional de Migraciones, en su informe complementario de fecha 1 de septiembre de 2025, ha aclarado que la solicitud de residencia definitiva de la Sra. R

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de amparo en favor de Maroussia Rene, de nacionalidad haitiana, e interpone recurso de amparo constitucional en contra del Servicio Nacional De Migraciones. El recurso impugna la legalidad y arbitrariedad de la Resolución Exenta N°24515504, de fecha 11 de noviembre de 2024, med

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