MP. C/VICENTE JAVIER CATALÁN VÁSQUEZ.
Rol
Fecha
3 de septiembre de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se conocen y lo expuesto en audiencia, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la pluralidad de ilícitos, gravedad de la pena asignada a ellos y su eventual modalidad de cumplimiento, bienes jurídicos protegidos y forma de comisión, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintitrés de agosto del año en curso, dictada en los autos RIT 8493-2025 por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que decretó la prisión preventiva del imputado Vicente Javier Catalán Vásquez. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2866-2025 Penal
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San Miguel, tres de septiembre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 2866-2025 Penal Ruc: 2501184571-4. RIT: 8493-2025. Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo. Integrantes: Ministros señora Alondra Castro Jiménez, señor Leonardo Varas Herrera y abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida. Relator: Carolina Cordero Jara. Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo. Fiscal: B
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