BANCO DEL ESTADO DE CHILE/RODAS
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y la cuenta dada por el relator, teniendo en consideración el principio dispositivo imperante en materia civil, que el derecho de garantía general de los acreedores previsto en el artículo 2465 del Código Civil posee un carácter universal respecto de los bienes con los que se responde, que el artículo 449 del Código de Procedimiento Civil constituye una prescripción dirigida al ministro de fe cuando no se han designado bienes ni por el acreedor ni por el deudor, que no es el caso y
Fundamentos
considerando que el deudor siempre tiene la posibilidad de solicitar la sustitución del embargo, consignando una cantidad suficiente para el pago de la deuda, se revoca la resolución en alzada de cuatro de abril del año en curso pronunciada por el Juzgado de Letras de Castro, escrita a folio 6 del cuaderno de apremio y, en su lugar,
Fallo
se resuelve que se tiene presente el bien inmueble señalado por el ejecutante para proceder a la traba del embargo. Devuélvase. Rol Civil N°501-2025.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dos de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: El mérito de los antecedentes y la cuenta dada por el relator, teniendo en consideración el principio dispositivo imperante en materia civil, que el derecho de garantía general de los acreedores previsto en el artículo 2465 del Código Civil posee un carácter universal respecto de los bienes con los que se responde, que el artículo 44
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