MUÑOZ/TESORERIA PROVINCIAL DE HUASCO - VALLENAR
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el inciso 2° del artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, señala: “En los procedimientos ejecutivos el ejecutado podrá, además, solicitar el abandono del procedimiento, después de ejecutoriada la sentencia definitiva o en el caso del artículo 472. En estos casos, el plazo para declarar el abandono del procedimiento será de tres años contados desde la fecha de la última gestión útil, hecha en el procedimiento de apremio, destinado a obtener el cumplimiento forzado de la obligación, luego de ejecutoriada la sentencia definitiva o vencido el plazo para oponer excepciones, en su caso. En el evento que la última diligencia útil sea de fecha anterior, el plazo se contará desde la fecha en que quedó ejecutoriada la sentencia definitiva o venció el plazo para oponer excepciones. En estos casos, si se declara el abandono del procedimiento sin que medie oposición del ejecutante, éste no será condenado en costas.” 2°) Que, del mérito de los antecedentes que obran en autos, es posible establecer lo siguiente respecto del expediente administrativo de la Tesorería Provincial de Vallenar-Freirina, Rol N° 10.007-2011: a. No consta que se hayan opuesto excepciones por la parte ejecutada. b. Con fecha 17 de agosto de 2011 se notificó y requirió de pago al deudor. c. Se realizaron gestiones tendientes a embargar bienes de propiedad del deudor, entre los años 2014, 2015, efectuándose incluso una presentación por la ejecutada con fecha 19 de octubre de 2015, teniéndose por acompañados los documentos presentados con fecha 22 de octubre de 2015. d. A continuación, el procedimiento permaneció inactivo hasta el 6 de diciembre de 2023, fecha en que Tesorería ordenó embargar bienes de la ejecutada que mantendría en el banco Santander Chile y banco del Estado de Chile. e. Finalmente, en el de marzo de 2024, se solicita por la ejecutada copia del expediente y con fecha 9 de abril de 2024 se presenta solicitud de abandono del procedimiento, la cual
Fallo
se declara el abandono del procedimiento sin que medie oposición del ejecutante, éste no será condenado en costas.” 2°) Que, del mérito de los antecedentes que obran en autos, es posible establecer lo siguiente respecto del expediente administrativo de la Tesorería Provincial de Vallenar-Freirina, Rol N° 10.007-2011: a. No consta que se hayan opuesto excepciones por la parte ejecutada. b. Con fecha 17 de agosto de 2011 se notificó y requirió de pago al deudor. c. Se realizaron gestiones tendientes a embargar bienes de propiedad del deudor, entre los años 2014, 2015, efectuándose incluso una presentación por la ejecutada con fecha 19 de octubre de 2015, teniéndose por acompañados los documentos presentados con fecha 22 de octubre de 2015. d. A continuación, el procedimiento permaneció inactivo hasta el 6 de diciembre de 2023, fecha en que Tesorería ordenó embargar bienes de la ejecutada que mantendría en el banco Santander Chile y banco del Estado de Chile. e. Finalmente, en el de marzo de 2024, se solicita por la ejecutada copia del expediente y con fecha 9 de abril de 2024 se presenta solicitud de abandono del procedimiento, la cual fue rechazada el 25 de junio de 2024. 3°) Que de lo reseñado queda en evidencia que, entre los años 2015 y 2023, se paralizó el procedimiento sin que se efectuaran las gestiones destinadas a obtener el cumplimiento forzado de la obligación, cumpliéndose así con creces el plazo legal de tres años previsto en el artículo 153 del Código de Proc
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, dos de septiembre de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: 1°) Que el inciso 2° del artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, señala: “En los procedimientos ejecutivos el ejecutado podrá, además, solicitar el abandono del procedimiento, después de ejecutoriada la sentencia definitiva o en el caso del artículo 472. En estos casos, el plazo para declarar el a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica