JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE TALCA

LETELIER/BARRERA

Rol

Fecha

2 de septiembre de 2025

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada de 14 de julio de 2023, escrita de fojas 99 a 105 vuelta, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Talca, en causa Rol N°985-2020, con excepción de la parte final del párrafo primero del motivo vigésimo séptimo, que se inicia con la expresión ”, generando” y concluye con el guarismo”7.280.300”, y su párrafo tercero; de la letra b) del motivo vigésimo octavo, y el razonamiento trigésimo, todos los que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, EN CONSIDERACIÓN: EN CUANTO A LA OBJECIÓN DE DOCUMENTO: PRIMERO: Que, conforme a lo prevenido en el artículo 14° de la Ley N°18.287, “El juez apreciará la prueba y los antecedentes de la causa, de acuerdo con las reglas de la sana crítica…”., en consecuencia, resulta improcedente el incidente de objeción de documento impetrado por el querellado, puesto que no se aplican las normas referidas a la prueba legal o tasada, sin perjuicio del valor probatorio que, en definitiva, se asigne a dicho instrumento. EN CUANTO AL FONDO: SEGUNDO: Que no ha sido objeto de reproche, por parte de la parte querellada Jénesis Letelier Cofré, la decisión de la jueza a quo en cuanto la condenó como “autora de conducción culpable y descuidada ocasionando daños en choque al vehículo P.P.U. KYHY-20 conducido por Fabiola Andrea Jaque Jara, al no respetar la luz roja del semáforo funcionando, hechos ocurridos el día 25 de agosto de 2020, a las 08:10 horas, en Avenida Circunvalación con calle 5 Oriente”, a pagar a beneficio de la Ilustre Municipalidad de Talca y dentro de quinto día de ejecutoriada la sentencia, la suma de 3 UTM (tres unidades tributarias mensuales). En consecuencia, conforme a lo prevenido en el 2314 del Código Civil, que establece la obligación de indemnizar que tiene el responsable del delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, la demandada Jénesis Letelier Cofré tiene el deber legal de indemnizar los daños causados el vehículo antes individualizado, de propiedad de la dem

Fundamentos

fundamentos del

Fallo

fallo impugnado, es posible tener por acreditado que el vehículo de la actora marca Hyundai, modelo Accent, año 2020, placa patente única KYHY-20, de color negro, resultó completamente dañado en toda la estructura de su parte frontal, como se aprecia en las fotografías que rolan a fojas 11, captadas el día de los hechos y en su lugar de ocurrencia y adjuntadas al Parte denuncia de Carabineros N°336, de 25 de agosto de 2020, y en las fotografías agregadas a fojas 36, 37 y 38, apreciándose en algunas de ellas, además, los air bags que se activaron. Corroboran lo anterior, las declaraciones de los testigos de la parte demandante que comparecieron a estrados y dieron razón de sus dichos, en efecto don Luis Faúndez Rojas expuso que el vehículo Hyundai Accent resultó con daños desde el espejo hacia adelante; doña María Isabel Lara Valdebenito indicó que se produjeron en lateral frontal lado conductora; y la testigo de la parte demandada doña Jessica Núñez Godoy, reconoció que dicho vehículo resultó con todo el frente dañado. Lo anterior cobra relevancia, al momento de ponderar los presupuestos adjuntados por la demandante con la finalidad de acreditar el valor de tales daños, puesto que el detalle de los repuestos que se requerían para su reparación, mano de obra y trabajos de desabolladura, incorporados a fojas 40 y 41, respectivamente, son absolutamente coherentes y concordantes con los daños apreciados en las fotografías antes referidas. En efecto, en el presupuesto que se lee

Texto Completo (Preview)

Talca, dos de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada de 14 de julio de 2023, escrita de fojas 99 a 105 vuelta, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Talca, en causa Rol N°985-2020, con excepción de la parte final del párrafo primero del motivo vigésimo séptimo, que se inicia con la expresión ”, generando” y concluye con el guarismo”7.280.300”, y s

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