COMERCIALIZADORA GERARDO JAVIER SANCHEZ MARCHANT E.I.R.L./TESORERIA REGIONAL LOS RIOS
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: 1º) Juan Carlos Núñez Ruiz, abogado, en representación de Comercializadora Gerardo Javier Sánchez Marchant E.I.R.L, ejecutada en antecedentes administrativos sobre cobro de obligaciones tributarias seguidos ante la Tesorería Regional de Los Ríos, Rol 11303-2021 de Valdivia, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 29 de julio de 2025, que negó, atendida la naturaleza del procedimiento, la concesión de un recurso de apelación respecto de la resolución que rechazó su incidente de abandono. Funda su solicitud en que dicho recurso debió haber sido admitido, por tratarse la resolución impugnada de una sentencia interlocutoria, apelable en virtud de lo dispuesto en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil. 2º) Informó el señor Tesorero Regional de Los Ríos, señalando que la resolución impugnada no es susceptible de recurso de apelación, atendido que el procedimiento de cobro de obligaciones tributarias de dinero, regulado en el Título V del Libro III del Código Tributario, no contempla la procedencia de recursos en contra de las resoluciones dictadas por el Juez Sustanciador. Agrega que, aun aplicando las reglas civiles de impugnación, la resolución que rechaza el abandono del procedimiento no es de aquellas que ponen fin al juicio o hacen imposible su prosecución, ni establece derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que sirva de base para el pronunciamiento de la sentencia definitiva, por lo que no procede a su respecto el recurso de apelación 3º) El recurso de hecho es un acto jurídico procesal de parte que se realiza directamente ante el tribunal superior jerárquico, a fin de solicitarle que enmiende con arreglo a derecho la resolución errónea pronunciada por el inferior acerca del otorgamiento o denegación de una apelación interpuesta por él. (Mosquera, Mario y Maturana, Cristián, Los Recursos Procesales, Editorial Jurídica de Chile, 3a edición actualizada, Santiago, 2021, p. 262) En la especie, se
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 203 y 204 del Código de Procedimiento Civil, se ACOGE, el recurso de hecho deducido por el abogado Juan Carlos Núñez Ruiz, en representación de Comercializadora Gerardo Javier Sánchez Marchant E.I.R.L, en contra de la resolución de 29 de julio de 2025, dictada en expediente administrativo Rol 11303-2021 de Valdivia por el Tesorero Regional de Los Ríos y, en consecuencia, se declara admisible y se concede, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación deducido por el contribuyente en contra de la resolución de 11 de julio de 2025. Encontrándose digitalmente la referida causa en esta Corte, reténgase para los efectos de su conocimiento. Agréguese copia autorizada de la presente resolución en la causa tenida a la vista digitalmente y pasen los antecedentes al señor Presidente para los efectos a que haya lugar. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Civil-923-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, dos de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Juan Carlos Núñez Ruiz, abogado, en representación de Comercializadora Gerardo Javier Sánchez Marchant E.I.R.L, ejecutada en antecedentes administrativos sobre cobro de obligaciones tributarias seguidos ante la Tesorería Regional de Los Ríos, Rol 11303-2021 de Valdivia, dedujo recurso de hecho en contra de la resoluc
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