OYARCE CON OSORIO
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y teniendo, ademas, presente: 1.- Que, en primer lugar, si bien el recurrente hace referencia en su escrito de apelación a documentos con los que pretende acreditar el daño emergente y el lucro cesante, tales instrumentos no fueron acompañados válidamente al proceso, pues los presentó en primera instancia, de manera extemporánea, pues lo hizo junto al escrito de apelación y no los ratificó en segunda instancia, por lo que carecen de toda fuerza probatoria. 2.- Que, por lo demás, en cuanto al lucro cesante, el demandante no presentó medio probatorio alguno que permitiera acreditar, que las lesiones sufridas a causa del accidente le hayan provocado algun tiempo de incapacidad laboral, todo lo cual impide determinar este rubro indemnizatorio. 3.- Que, por último, al no haberse impugnado el quántum de la indemnización por daño moral, no corresponde efectuar pronunciamiento alguno en esta instancia. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de dos de mayo de dos mil veinticuatro, dictada a folio 70 del cuaderno principal, en la causa ROL C-3610-2023, por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 779-2024.Civil.
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, dos de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y teniendo, ademas, presente: 1.- Que, en primer lugar, si bien el recurrente hace referencia en su escrito de apelación a documentos con los que pretende acreditar el daño emergente y el lucro cesante, tales instrumentos no fueron acompañados válidamente al proceso, pues los
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