EMPRESA DE SEGURIDAD PRIVADA PFA LTDA/CONDOMINIO MACROLOTE ML OCHO D UNO A (LTE)
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2025
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha diecinueve de julio de dos mil veintitrés dictada en los autos Rol N° C-374-2019, seguidos ante el Juzgado de Letras de Colina. Devuélvase la competencia. N°Civil-16906-2023. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero, conformada por el Ministro (I) señor Pablo Toledo González y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dos de septiembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de septiembre de dos mil veinticinco. Proveyendo el escrito folio 17: téngase presente. Proveyendo el escrito folio 18: a sus antecedentes. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de es
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