/ARCOS
Rol
Fecha
2 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que, la acción cautelar deducida en estos autos pretende impugnar la actuación de una de las Salas de esta misma Corte y que conforme a lo dispuesto en el artículo 66 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, cada Sala representa a la Corte en los asuntos que conoce, resulta improcedente que se conozca en esta sede jurisdiccional el recurso de amparo impetrado, razón por la cual se ordena remitir estos antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción para que continúe conociendo de los mismos. Regístrese, comuníquese y remítase vía interconexión. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. R.I.C.: 255 – 2025 Amparo.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán /cpr Chillán, dos de septiembre de dos mil veinticinco Vistos: Teniendo presente que, la acción cautelar deducida en estos autos pretende impugnar la actuación de una de las Salas de esta misma Corte y que conforme a lo dispuesto en el artículo 66 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, cada Sala representa a la Corte en los asuntos que conoce, resulta improcedente que se cono
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica