SIN INFORMACION

VIVANCO/CORRADOSSI

Rol

Fecha

1 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que, comparece David Esteban Vivanco Espinoza, quien interpone recurso de protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A., por haber puesto término de manera unilateral e infundada a su contrato de salud código 7252 EPP120 + BES EJ, Plan de Salud EPP120 + BES Adenda, actuación que considera ilegal y arbitraria, por lo que solicita se declare la ilegalidad y arbitrariedad del acto, se deje sin efecto la desafiliación y se ordene su reincorporación. Expone que en febrero de 2020 contrató con Isapre Nueva Masvida el Plan de Salud denominado EPP120 + BES Adenda, cuyo término estaba previsto para el día 30 de junio del presente año. Durante los casi cinco años de permanencia en la Isapre, utilizó su plan principalmente para el reembolso de consultas médicas y exámenes de laboratorio, sin presentar problema alguno relacionado con lo que posteriormente alegaría la institución de salud previsional. Entre los meses de marzo y abril se le detectó una hernia inguinal que, por recomendación médica, debía operarse debido a que por su posición podía existir un daño en sus intestinos en el evento de que creciera, pudiendo resultar en complicaciones capaces de producirle la muerte. Relata que luego de varios exámenes, tuvo que someterse a una cirugía el día 7 de mayo de 2024 (sic), siendo necesario tomar reposo respaldado por licencia médica debido a la naturaleza de la intervención quirúrgica, debiendo proporcionar algunos documentos adicionales a la Isapre, autorizándose el pago del subsidio por licencia médica y validándose los siguientes documentos por la propia institución: contrato de trabajo, certificado de cotizaciones y liquidaciones de sueldo anteriores al reposo. Sin embargo, estando pendiente la tramitación de la cobertura de la cirugía, el día 27 de mayo, Nueva Masvida lo notificó del término unilateral del contrato que los vinculaba, dictaminando su desafiliación de la Isapre. Señala que la Isapre justifica su decisión en la supuesta inexistencia de vínculo laboral con SDL Chile S.A., basándose en haber revisado la situación tributaria de la empresa en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, no identificando movimientos actuales y, supuestamente, haber visitado la dirección informada por la empresa sin encontrar personas en el domicilio señalado. Frente a esta situación, ingresó un reclamo el día 2 de junio, adjuntando certificados de cotizaciones en AFP, liquidaciones de sueldo, contrato de trabajo, certificados de pagos ante el SII y otros elementos que permiten probar la existencia de su vínculo laboral con SDL Chile S.A. Asimismo, el día 3 de junio, SDL Chile S.A., a requerimiento del actor, envió a la Isapre una carta comunicando su domicilio actual. No obstante lo anterior, el día 9 de junio la Isapre Nueva Masvida envió un correo electrónico notificando la respuesta al reclamo interpuesto, indicando que no accedían a la solicitud sobre la base a los fundamentos previamente señalados, manteniéndose en la

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se decide: Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por David Esteban Vivanco Espinoza y en contra de Isapre Nueva Masvida S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-14384-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, el Ministro (S) señor Nibaldo Bernardo Arévalo Macías y el Fiscal Judicial señor Daniel Calvo Flores. En Santiago, uno de septiembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: PRIMERO: Que, comparece David Esteban Vivanco Espinoza, quien interpone recurso de protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A., por haber puesto término de manera unilateral e infundada a su contrato de salud código 7252 EPP120 + BES EJ, Plan de Salud EPP120 + BES Adenda, actuación que considera ileg

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica