SIN INFORMACION

SOCIEDAD DE OBRA DE MANO Y MAQUINARIA AGRICOLA RUBIO SPA/TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE SANTI

Rol

Fecha

2 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 27 de marzo de 2025, comparece don Alejandro Esteban Muñoz Briceño, abogado en representación de Servicio de Mano de Obra y Maquinaria Agrícola Rubio SpA, entidad del giro de su denominación, Rol Único Tributario, R.U.T. 77.342-041-6 e interpone acción de protección en contra de la Tesorería Provincial de San Fernando, representada para estos efectos don Ricardo Delgado Contreras. Expone que la empresa recurrente, mantiene una deuda por tributos impagos, lo que se refleja en el expediente administrativo Rol 10532-2024, de Santa Cruz, razón por la cual celebró, el 21 de febrero del presente año, con la recurrida un convenio de pago, el que fue aprobado por Resolución N° 35264, en cuya virtud se le otorgaron 12 cuotas para el pago de la totalidad de lo adeudado, pagándose la primera cuota en esa misma fecha, por la suma de $ 4.170.347 pesos, quedando 11 cuotas pendientes, venciendo cada una el último día del mes, por lo que la siguiente cuota vencía el 31 de marzo del presente. Agrega que, estando el convenio celebrado y plenamente vigente, el mismo día 21 de febrero, la recurrida procedió a embargar los fondos existentes en la cuenta corriente N° 2100446607 que la empresa recurrente mantiene en el Banco de Chile, hasta por la cantidad de $ 58.470.545 de pesos. Refiere que, entendiendo que la situación se debía a un error, solicitó el alzamiento del embargo referido por estar vigente el convenio de pago, sin embargo, con fecha 12 de marzo, su petición fue rechazada por cuanto la traba del embargo se produjo el día 21 de febrero de 2025 a las 10:16 horas, en tanto que el convenio de pago data a las 18:03:18 horas del mismo día, es decir el convenio sería posterior al embargo, el que lo habría antecedido alrededor de 7 a 8 horas. Alega como garantías constitucionales conculcadas, el derecho de propiedad por cuanto la recurrida a pesar de estimar que la empresa actora reúne los requisitos y condiciones para celebrar un convenio de pago, igualmente l

Fundamentos

considerando que fue una reacción del contribuyente frente al embargo de sus activos financieros a fin de revertir la traba del embargo ya efectuada. CUARTO: Que el artículo 192 inciso cuarto del Código Tributario señala expresamente “La celebración de un convenio para el pago de los impuestos atrasados, implicará la inmediata suspensión de los procedimientos de apremio respecto del contribuyente que lo haya suscrito. Esta suspensión operará mientras el deudor se encuentre cumpliendo y mantenga vigente su convenio de pago”. QUINTO: Que, en la especie, la recurrida solicitó que se deje sin efecto el embargo de los fondos contenidos en su cuenta corriente del Banco de Chile. Que la norma referida en el considerado anterior permite, en caso de celebrar un convenio de pago, suspender el procedimiento de apremio, lo que significa que detiene o impide avanzar en dicho procedimiento, sin embargo, no permite dejar sin efecto las actuaciones o resoluciones ya decretadas por lo que no es posible acceder a la petición de la recurrente, razón suficiente para rechazar el presente recurso.

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que, se rechaza, sin costas, el recurso deducido por Alejandro Esteban Muñoz Briceño, en representación de Servicio de Mano de Obra y Maquinaria Agrícola Rubio SpA, en contra de la Tesorería Provincial de San Fernando. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte 454-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, dos de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Con fecha 27 de marzo de 2025, comparece don Alejandro Esteban Muñoz Briceño, abogado en representación de Servicio de Mano de Obra y Maquinaria Agrícola Rubio SpA, entidad del giro de su denominación, Rol Único Tributario, R.U.T. 77.342-041-6 e interpone acción de protección en contra de la Tesorería Provincial de San F

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