INAY CON SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2025
Materia
REINCORPORACIÓN
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos autos Rol I.C. N°Reforma Laboral 97-2025, se ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia de once de enero del presente año, pronunciada en los autos RIT T-519-203 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, que rechaza, con costas, la denuncia de tutela deducida por doña Vanessa Inay Sarabia en contra del Servicio Nacional de Aduanas, así como la indemnización reclamada, la acción conjunta de indemnización de perjuicios por daño moral y la petición de reembolso de gastos. El recurso lo deduce la abogada Vanessa Inay Sarabia, por sí, y en él solicita “se revoque la sentencia impugnada, declarando: Que, la sentencia impugnada ha incurrido en un error de derecho al no contener análisis de toda la prueba rendida, los hechos probados y el razonamiento que condice a esta estimación, tal como expresa el artículo 450 nro.4 en relación al artículo 478 letra e) en orden a omitir la sentencia impugnada un análisis pormenorizado de cada prueba aportada por las partes, en especial la prueba documental y registro de audio aportada por esta parte, error que ha influido en lo dispositivo del fallo; por lo que si han existido los indicios suficientes a fin de acreditar la vulneración de derechos fundamentades, que derivaron en un informe de no prórroga de contrata totalmente arbitrario, no ajustado a derecho, que me dejó sin fuente laboral en el Servicio, a causa de la misma vulneración que padecí, en particular las garantías consagradas en el artículo 19 N° 1, 4°y N°16° de la Constitución Política de la República de Chile, así como el derecho a la no discriminación en los términos del artículo 2 y 485 inciso 2° del Código del Trabajo, desistiendo la petición de reincorporación al Servicio denunciado y condenando a la denunciada al pago de la indemnización especial del artículo 489 del Código del Trabajo por 4 meses de la última remuneración mensual, que asciende a la suma de $12.355.660, indemnización por daño moral por la suma de $35.000.000,
Fundamentos
CONSIDERANDO: En cuanto a la causal principal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Primero: Que la denunciante solicita la nulidad del
Fallo
fallo pronunciado en estos autos, por estimar que ha sido pronunciada con infracción a las normas reguladoras de la prueba de conformidad a las reglas de la sana crítica, ello con relación al artículo 4º de la Ley 18.883, artículos 7° y 8º del Código del Trabajo (normas decisorias litis). Luego de referir la demanda y la contestación, y fundando el recurso sostiene que, la sentencia carece de razones jurídicas. Al respecto indica que la sentencia recurrida solo se limita a citar y transcribir una parte de la demanda, poniendo énfasis en la contestación y en la prueba testimonial de doña Angélica Morales, pero no contempla ningún análisis ni expresión de los motivos por los cuales asignó valor a la prueba “de su parte” (sic) y menos los motivos por los cuales desestimó la prueba de su parte, solo limitándose a decir que la prueba documental no aporta nada. Añade que también desestimó los audios que presentó y que contienen conversaciones con el director regional y doña Angélica Morales, siendo precisamente estas pruebas las más fuertes para acreditar los indicios de vulneración de derechos fundamentales y así contrarrestar la primera evaluación de abril y el informe de calificación de no prorroga de contrata, ambos del 2023. Luego refiere lo que, a su juicio, es un razonamiento lógico y concluye que no se valoró adecuadamente su prueba la que refiere y analiza desde su perspectiva, para aseverar que la supuesta incompetencia que se le atribuye y que motivó no renovar su contr
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Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, uno de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos Rol I.C. N°Reforma Laboral 97-2025, se ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia de once de enero del presente año, pronunciada en los autos RIT T-519-203 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, que rechaza, con costas, la denuncia de tutela deducida por doña Vanessa In
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