DESIRE DANIEL /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, Marcelo Carvallo Contreras, abogado, deduce acción de amparo en favor de Daniel Desire, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Exenta N°24281973 de 7 de junio del 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, lo que estima vulnera su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Expone que, el amparado dedujo solicitud de residencia definitiva, contando anteriormente con visa temporal y permiso de trabajo mientras la regularización se tramitaba. Agrega que, el objetivo del amparado es seguir desarrollándose profesional y laboralmente aprovechando las oportunidades del país, conformado por su cónyuge Celimene Joseph y sus hijas de 3 y 5 años con nacionalidad chilena. Sostiene que, el recurrido notificó al amparado el 7 de junio de 2024 la Resolución que rechazó la regularización y ordenó el abandono del país, fundamentado en que no cumple los requisitos para residir ya que no remitió el comprobante de pago de la multa del artículo 107 de la Ley N°21.325. Asevera que, la decisión lo deja en incertidumbre e indefensión, pues cumpliendo los requisitos necesarios, la regularización no le será otorgada. Alega que el acto vulnera el artículo octavo transitorio de la misma ley, el principio de unidad familiar y el interés superior del niño. Concluye solicitando se acoja el recurso, dejando sin efecto la resolución impugnada y revirtiendo la decisión de rechazar la regularización migratoria por constituir amenaza a la libertad individual y seguridad personal, ordenando a la recurrida continuar el procedimiento de regularización. A folio 5, evacúa informe Eduardo Alejandro Pizarro Ciangarotti, abogado, en representación de la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Nacional de Migraciones. Expone que, el 30 de enero de 2023, el amparado solicitó
Fundamentos
motivos invocados por la autoridad. Sostiene que, mediante Resolución Exenta N°24281973 de 7 de junio de 2024 se rechazó la solicitud de residencia definitiva, disponiendo su abandono del país en 10 días. Aduce que, el comprobante presentado por el amparado se relaciona con la sanción migratoria del artículo 106 de la Ley N°21.325, correspondiente al retraso en solicitud de cédula de identidad, y no a la multa por residencia irregular. Asevera que, la orden de abandono es consecuencia necesaria e imperativa ante rechazo basado en causas legales, conforme al artículo 91 de la misma ley. Finalmente pide el rechazo de la presente acción constitucional de amparo. A folio 8, se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, garantía consagrada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, a través de esta vía cautelar se impugna la Resolución Exenta N°24281973 de 7 de junio del 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y dispuso su abandono del país, solicitando que se deje sin efecto dicha resolución, se ordene la recurrida revertir la decisión de rechazar la solicitud de residencia definitiva y continúe con el procedimiento de regularización migratoria. Tercero: Que, el recurrido informa, en síntesis, que el amparado solicitó residencia definitiva encontrándose irregular en el territorio nacional, ya que su visa anterior venció el 22 de julio de 2022, y no remitió el comprobante de pago de la multa por residencia irregular requerido por los artículos 107 o 119 de la Ley N°21.325. Sostiene que se le notificó la causal de rechazo y se le otorgó plazo para presentar descargos, lo que no fue suficiente para desvirtuar dichas causales. Añade que la orden de abandono decretada, es una consecuencia necesaria e imperativa del rechazo conforme al artículo 91 de la misma ley. Cuarto: Que, respecto del pago de la multa por residencia irregular, consta que el amparado efectivamente realizó un pago por concepto de multa, según se acredita con el comprobante acompañado. Sin embargo, dicho pago corresponde a una sanción por infracción al artículo 106 de la Ley N°21.325, esto es, por no haber solicitado cédula de identidad en el plazo establecido y no a la sanción por residencia irregular del artículo 107 o 119 de la misma ley, que era lo requerido por la autoridad migratoria. Sin embargo, debe considerarse que el amparado es de nacionalidad haitiana, lo que implica dificultades adicionales en
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 1°, 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de Daniel Desire en contra del Servicio Nacional de Migraciones, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24281973, de 7 de junio de 2024, debiendo la autoridad migratoria reabrir el procedimiento administrativo y otorgar al amparado un plazo no inferior a sesenta días hábiles para acreditar el pago de la multa por residencia irregular requerido, debiendo habilitar la plataforma electrónica al efecto y cumplido lo anterior, dictar la resolución que en derecho corresponda, considerando el arraigo familiar del recurrente. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2930-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, Marcelo Carvallo Contreras, abogado, deduce acción de amparo en favor de Daniel Desire, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Exenta N°24281973 de 7 de junio del 2024, que rechazó su solicitud de residencia
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