30º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

STAPPUNG / SOCIEDAD COMERCIAL AUTOCORP LIMITADA

Rol

157982-2022

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual, seguido ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-16.602-2016 caratulado “Stappung con Sociedad Comercial Autocorp Limitada”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por una de las demandadas, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha ocho de noviembre de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado de doce de noviembre de dos mil diecinueve, que acogió parcialmente la demanda, condenando a los demandados a pagar. Segundo: Que el recurrente, en primer lugar, funda su arbitrio de nulidad, expresando que en la sentencia cuestionada se infringieron los artículos 1698 del Código Civil y 346 del Código de Procedimiento Civil, al acoger la demanda dirigida en su contra. Sostiene, en síntesis, que los jueces yerran al valorar la prueba rendida, pues de ésta no se concluye la acreditación del daño moral de los demandantes ni la legitimidad activa de su parte, quien no tendría la calidad de tercero civilmente responsable. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que atendido que en este juicio se reclamó la indemnización de perjuicios derivada de la responsabilidad civil extracontractual en que habrían incurrido los demandados, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, la recurrente omite extender la infracción a los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, teniendo en consideración que fue precisamente dicha normativa la que sirvió de sustento jurídico a la demanda intentada y luego fue aplicada por los sentenciadores para resolver el litigio, y al no hacerlo genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado, razón por la que se declarará inadmisible el presente arbitrio sustancial. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Rodrigo Izquierdo Monsalve, en representación de la demandada Sociedad Comercial Autocorp Limitada, contra la sentencia de ocho de noviembre de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, con sus agregados. Rol Nº 157.982-2022.-

Fallo

fallo de primer grado de doce de noviembre de dos mil diecinueve, que acogió parcialmente la demanda, condenando a los demandados a pagar. Segundo: Que el recurrente, en primer lugar, funda su arbitrio de nulidad, expresando que en la sentencia cuestionada se infringieron los artículos 1698 del Código Civil y 346 del Código de Procedimiento Civil, al acoger la demanda dirigida en su contra. Sostiene, en síntesis, que los jueces yerran al valorar la prueba rendida, pues de ésta no se concluye la acreditación del daño moral de los demandantes ni la legitimidad activa de su parte, quien no tendría la calidad de tercero civilmente responsable. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que atendido que en este juicio se reclamó la indemnización de perjuicios derivada de la responsabilidad civil extracontractual en que habrían incurrido los demandados, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, la recurrente omite extender la infracción a los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, teniendo en consideración que fue precisamente dicha normativa la que sirvió de sustento jurídico a la demanda intentada y luego fue aplicada por los sentenciadores para resolver el litigio, y al no hacerlo genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado, razón por la que se declarará inadmisible el presente arbitrio sustancial. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Rodrigo Izquierdo Monsalve, en representación de la demandada Sociedad Comercial Autocorp Limitada, contra la sentencia de ocho de noviembre de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, con sus agregados. Rol Nº 157.982-2022.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual, seguido ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-16.602-2016 caratulado “Stappung con Sociedad Comercial Autocorp Limitada”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica