JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE ALTO HOSPICIO

FL AH C/ BRAYAN DAVID GONGOGA CASTRO

Rol

Fecha

29 de agosto de 2025

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Iquique, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO y teniendo presente que los

Fundamentos

fundamentos de la resolución recurrida y los antecedentes investigativos reunidos hasta ahora, constituidos esencialmente por el parte policial, declaración del funcionario aprehensor, Informe de Labocar 131-2025 y Pre informe balístico, aparecen indicios suficientes para justificar la existencia del delito y presumir fundadamente la participación del imputado, toda vez que de ellos es posible presumir fundadamente su intervención en el ilícito por el que fue formalizado, y considerando, además, que en ese contexto, la medida cautelar aplicada por el tribunal a quo resulta acorde a la necesidad de cautela de la especie, dada la gravedad del hecho y la pena asignada al ilícito, todo lo cual unido a lo establecido en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de veintitrés de agosto de dos mil veinticinco que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Brayan David Gongoga Castro. Devuélvase. Rol N°630-2025 Penal.

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Iquique, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO y teniendo presente que los fundamentos de la resolución recurrida y los antecedentes investigativos reunidos hasta ahora, constituidos esencialmente por el parte policial, declaración del funcionario aprehensor, Informe de Labocar 131-2025 y Pre informe balístico, aparecen indicios suficientes para justificar la existencia del de

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