ALEXIS JOSE OLIVARES MELLA CON EUGENIO EDMUNDO RODRÍGUEZ MONDACA
Rol
60793-2021
Fecha
30 de enero de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
VISTO: En estos autos Rol 3815-2018, seguidos ante el 3° Juzgado Civil de San Miguel, en juicio ordinario de nulidad de contrato caratulado “Alexis José Olivares Mella con Eugenio Edmundo Rodríguez Mondaca” por sentencia de uno de abril de dos mil veintiuno, se declaró abandonado el procedimiento. El demandante apeló en contra de dicho fallo y una sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, por resolución de seis de agosto del mismo año, lo confirmó. En contra de esta última determinación, dicha parte dedujo recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en su libelo el actor sostiene que el
Fallo
fallo y una sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, por resolución de seis de agosto del mismo año, lo confirmó. En contra de esta última determinación, dicha parte dedujo recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en su libelo el actor sostiene que el fallo cuestionado ha infringido el artículo 6 de la Ley N° 21.226, el cual establece que “los términos probatorios que a la entrada en vigencia de esta ley hubiesen empezado a correr, o que se inicien durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, en todo procedimiento judicial en trámite se suspenderán hasta el vencimiento de los diez días hábiles posteriores al cese del estado de excepción constitucional de catástrofe”, a lo que agrega que su parte no tuvo una inactividad por más de 6 meses, toda vez que el día 24 de marzo del 2020 solicitó al tribunal notificar por exhorto la resolución que recibió la causa a prueba, por lo cual también estima que se ha vulnerado el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que, para la acertada inteligencia del asunto y resolución del recurso de casación en el fondo interpuesto, cabe tener presente los siguientes antecedentes del proceso: a) Con fecha 28 de agosto de 2019, el tribunal recibe la causa a prueba. b) Con fecha 27 de diciembre de 2019 la parte demandante solicita absolución de posiciones (escrito que no es proveído). c) El 8 de enero 2020, se notifica la parte demandant
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Santiago, treinta de enero de dos mil veintitrés. VISTO: En estos autos Rol 3815-2018, seguidos ante el 3° Juzgado Civil de San Miguel, en juicio ordinario de nulidad de contrato caratulado “Alexis José Olivares Mella con Eugenio Edmundo Rodríguez Mondaca” por sentencia de uno de abril de dos mil veintiuno, se declaró abandonado el procedimiento. El demandante apeló en contra de dicho fallo y un
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