CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A CON GONZÁLEZ BRIONES JORGE ANTONIO (E)
Rol
31580-2022
Fecha
30 de enero de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
Visto: En estos autos Rol 11763-2020, seguidos ante el Segundo Juzgado Civil de Santiago, sobre juicio ejecutivo de cobro de pagaré caratulados “CAT Administradora de Tarjeta S.A. con González Briones Jorge Antonio”, con fecha 29 de junio de 2021 comparece la parte ejecutada deduciendo incidente de abandono del procedimiento, fundado en que las partes han cesado en la prosecución del juicio durante más de seis meses, conforme con lo dispuesto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. Sostiene que la última gestión útil de la contraria se llevó a efecto el día 17 de diciembre de 2020, al evacuar el traslado de las excepciones, el que fue resuelto con fecha 28 de ese mes y año, dictándose la resolución que recibió las excepciones a prueba, la que no ha sido notificada hasta la fecha. La parte ejecutante evacuando el traslado de dicho incidente pidió su rechazo, argumentando que constan en autos diversas actuaciones útiles efectuadas por su parte y que tuvieron por fin notificar la resolución que recibió la causa a prueba antes que se declarara la nulidad de todo lo obrado. Esgrime que no obstante dicha declaración de nulidad, las actuaciones realizadas por su parte son gestiones útiles que deben ser consideradas pues se efectuaron dentro del plazo legal. Por resolución de fecha 10 de agosto de 2021 el tribunal de primera instancia rechazó el incidente de abandono del procedimiento. La parte ejecutada dedujo en su contra recurso de apelación y una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por determinación de 22 de junio del año en curso, la confirmó. En contra de esta última decisión, la parte perdidosa dedujo recurso de casación en la forma. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que la parte ejecutada alega que el
Fallo
se declarara la nulidad de todo lo obrado. Esgrime que no obstante dicha declaración de nulidad, las actuaciones realizadas por su parte son gestiones útiles que deben ser consideradas pues se efectuaron dentro del plazo legal. Por resolución de fecha 10 de agosto de 2021 el tribunal de primera instancia rechazó el incidente de abandono del procedimiento. La parte ejecutada dedujo en su contra recurso de apelación y una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por determinación de 22 de junio del año en curso, la confirmó. En contra de esta última decisión, la parte perdidosa dedujo recurso de casación en la forma. Se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: Primero: Que la parte ejecutada alega que el fallo recurrido ha incurrido en la causal de casación formal del artículo 768 N° 9 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 800 Nº 4 del mismo cuerpo legal, toda vez que resolvió la cuestión o asunto que ha sido objeto de la apelación “en cuenta”, en circunstancias que su parte en tiempo y forma solicitó alegatos, en conformidad al inciso segundo del artículo 199 del Código de Enjuiciamiento Civil, petición que fue resuelta por el Tribunal de Alzada con fecha 29 de noviembre de 2021, de la siguiente forma: “Al folio N° 4: téngase presente la comparecencia, y en cuanto a la solicitud de alegatos, como se pide, autos en relación para conocer del recurso de apelación interpuesto por el demandado, con fecha trece de agosto del año en curso, en co
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Santiago, treinta de enero de dos mil veintitrés. Visto: En estos autos Rol 11763-2020, seguidos ante el Segundo Juzgado Civil de Santiago, sobre juicio ejecutivo de cobro de pagaré caratulados “CAT Administradora de Tarjeta S.A. con González Briones Jorge Antonio”, con fecha 29 de junio de 2021 comparece la parte ejecutada deduciendo incidente de abandono del procedimiento, fundado en que las pa
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